Consulta el peticionario, lo siguiente: 1. Si en aplicación del artículo 152 del Decreto 2685 de 1999 se ingreso un material de empaque para productos de exportación, ¿se pueden vender estos empaques a una comercializadora internacional para que esta los utilice como empaque de otros productos que manejan de exportación, sin necesidad de nacionalizarlos? 2. Si la respuesta a la anterior pregunta es afirmativa, ¿cómo se debe soportar la venta y la utilización del empaque en exportación? 3. Si la respuesta a la primera pregunta es negativa, ¿de qué manera podemos hacer uso de este empaque para venderlos en Colombia? |
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Concepto Nº 1227 / 10-08-2021 Descargar |