Se unifican los criterios de clasificación, asignación y gestión de los contribuyentes de los impuestos administrados por la Dirección de Impuestos de Bogotá y la Dirección Distrital de Cobro.

RESUELVE:
CAPITULO UNO
CRITERIOS DE CLASIFICACIÓN, ASIGNACIÓN Y GESTIÓN

Artículo 1. Poblaciones a ser asignadas a la Oficina de Educación Tributaria de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio. En cumplimiento de las funciones asignadas en el literal d) del artículo 24 del Decreto Distrital 601 de 2014, la Oficina de Educación Tributaria de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, adelantará la ejecución de campañas, programas y lógicas de promoción destinadas a incentivar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes que tengan prioridad uno, dos y tres (P1, P2 y P3) asociadas a las campañas fidelización y control extensivo.
SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – IMPUESTOS DE BOGOTÁ
Resolución N° DDI-025240 / 31-12-2021

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