Póngase al día. Boletín tributario Marzo 07 de 2022.


Procedimiento.- Valor probatorio, información exógena.

Se solicita concepto en relación con el valor probatorio de la información exógena y si esta representa la realidad económica de los informados.

Lo anterior con fines de controvertir esa información como prueba en estrados judiciales.

Los hechos consignados en las declaraciones tributarias de terceros, en informaciones rendidas bajo juramento ante las oficinas de impuestos, o en escritos dirigidos a estas, o en respuestas de estos a requerimientos administrativos, relacionados con obligaciones tributarias del contribuyente, se tendrán como testimonio, sujeto a los principios de publicidad y contradicción de la prueba”.


Entidades Controladas del Exterior, Reconocimiento del ingreso.

Mediante el radicado de la referencia, el peticionario solicita se resuelva la siguiente inquietud:

“1) Una persona natural, no obligada a llevar Libros de Contabilidad, recibió en el año 2019, rendimientos realizados en USD, por una entidad ECE, los Declaró en su Declaración de Renta y Complementarios año 2019, a la T.R.M de Diciembre 31 de 2019, y pago el Impuesto de Renta.

2) En el año 2020, dichos rendimiento en USD los trajo para Colombia y los monetizó es decir recibió su equivalente en pesos.

3) Solicito su concepto sobre si los USD que monetizó y recibió su equivalente en pesos (…) los debe declarar en el año 2020, como Ingresos No Constitutivos de Renta, teniendo en cuenta que los declaro en el año 2019 (…)”.


Usuarios Altamente Exportadores, Importaciones que no causan impuesto.

Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta textualmente lo siguiente:

“Leyendo el artículo 138 Decreto 360 que modificó el 766 del 1165/19, se podría interpretar que se puede aplicar el Literal g) del Artículo 428 del Estatuto Tributario siendo OEA Exportador sin haber terminado la vigencia de los ALTEX y la emergencia económica.


Procedimiento, IVA, Régimen Unificado de Tributación SIMPLE, Renta, Retención., Residencia para efectos fiscales.

“En la actualidad, qué contribuyentes están obligados a registrar los libros de contabilidad ante la Dian. Qué norma los obliga a dicho registro y bajo qué artículos quedaron compilados en el Decreto Único Tributario 1625 de 2016.”

“¿Si una persona natural, figura en el Rut como no responsable del Impuesto a las Ventas, por cuanto sus ingresos gravados del año anterior o año gravable son inferiores a 3.500 UVT y además cumple con los demás requisitos para no serlo, pero sus ingresos no gravados superan los 3.500 UVT, está obligada a facturar en forma electrónica?

¿Se deben sumar ambos ingresos (gravados y no gravados) y si superan los 3.500 UVT, estaría obligado a expedir factura electrónica?”

“¿Los no responsables del impuesto al consumo en licores y cigarrillos como son los comercializadores de dichos productos, deben cargar al costo el valor de dicho impuesto y este hace parte de la base gravable para la liquidación del impuesto a las ventas?”

“¿Los requisitos establecidos en los artículos 771-2 y 771-5 del Estatuto Tributario, aplican solo para la aceptación de pasivos e impuestos descontables para los contribuyentes inscritos en el Régimen Simple de Tributación, en el entendido de que no solicitan costos o deducciones?”


Recomendaciones a los facturadores electrónicos para los días sin IVA.

Señor Facturador Electrónico, Recuerda que el próximo viernes 11 de marzo es el primer día sin IVA del 2022 y para que puedas aprovecharlo al máximo ten en cuenta las siguientes recomendaciones:

● Afina tus procesos de facturación electrónica para expedir el documento en todos los puntos de venta.

● Solicita con anticipación los rangos de numeración si prevés que se pueden acabar durante la jornada.

● No exijas el RUT o la CC para la expedición de la factura electrónica, la normativa no lo exige.

● Debes declarar la contingencia si tienes inconvenientes técnicos, tecnológicos y/u operacionales para poder hacer uso de la factura por talonario / o por tiquete de máquina registradora tipo POS.

● Identifica en todos los casos al adquirente persona natural.


Exención para la donación de gobiernos o entidades extrajeras.

Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta:

En el marco de la cooperación no reembolsable con el Banco Alemán de Desarrollo (KfW), ¿los recursos de dicho acuerdo se encuentran exentos de las contribuciones Pronal y Fonsecón?.

“Lo anterior, considerando que (…) y varios de los recursos a ejecutarse dentro del contrato estarán destinados a la contratación de obras en diferentes regiones del país”.