Nuestra prioridad es su comodidad, que se sienta como en casa pero que disfrute de verdad.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Certificar en 19.05% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.
La tasa certificada para crédito de consumo y ordinario regirá para el periodo comprendido entre el 1 de abril y el 30 de abril de 2022.
ARTÍCULO SEGUNDO: Certificar en 37.97% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de microcrédito.
La tasa certificada para la modalidad de microcrédito regirá para el periodo comprendido entre el 1 de abril de 2022 y el 30 de junio de 2022.
ARTÍCULO TERCERO: Para efectos de lo dispuesto en el artículo 29 del Decreto 019 de 2012, publíquese la presente certificación en la página de internet de la Superintendencia Financiera de Colombia.
ARTÍCULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Superintendencia Financiera de Colombia. Resolución Nº 0382 / 31-03-2022 Ampliar Información |