La vida es demasiado corta como para que te niegues el placer de disfrutar todo lo que nuestro Hotel te tiene por dar y ofrecer.
CONSULTA (TEXTUAL)
“Solicito de su amable colaboración con la siguiente duda, venía ejerciendo el cargo de revisor fiscal de
una empresa SAS y al terminar este cargo me están ofreciendo un cargo administrativo, con funciones
recursos humanos, SST y actividades administrativas.
De lo anterior ¿quedo inhabilitada para vincularme con la empresa para ejercer este cargo o puedo
aceptarlo sin ningún problema?”
El contador debe considerar las normas éticas descritas en la Ley 43 de 1990, antes de aceptar un encargo y tiene la obligación de establecer si existen inhabilidades e incompatibilidades para su aceptación.
Así pues, la aceptación por parte del contador público que ejercía como revisor fiscal, en un cargo administrativo, constituye una inhabilidad como lo señala la Ley.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Concepto Nº 0108 / 21-02-2022 Ampliar Información |