- Se redujo la cantidad de documentos equivalentes a la factura de venta.
- A más tardar el 30 de junio de 2021, el denominado documento equivalente deberá emitirse de manera electrónica.
- La norma establece como sanción para quienes teniendo la obligación no facturen, el cierre del establecimiento de comercio.
En cuanto a los sistemas de facturación, confirma que son la factura de venta y los documentos equivalentes, y que la factura de venta podrá ser electrónica con validación previa o de talonario o papel.
En lo relacionado con el sistema de facturación denominado documento equivalente, se redujo la cantidad de ellos, y la norma dispone que, a más tardar el 30 de junio de 2021, deberán emitirse de manera electrónica.