Se debe adelantar este proceso en el aplicativo informático de Certificados de Origen a través del módulo de autorización por parte del productor y/o exportador.
En virtud de las medidas de contención y prevención del COVID-19 que ha adoptado la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) la Coordinación del Servicio de Origen se permite informar a los usuarios exportadores que para el trámite de habilitación de un tercero (mandatario o autorizado; Agencia de Aduanas, Agencia de Carga, persona jurídica o natural) en el aplicativo informático de Certificados de Origen se debe adelantar el proceso a través del módulo de autorización por parte del productor y/o exportador para que en su nombre adelante la elaboración y presentación de declaraciones juramentadas y/o certificados de origen ante la DIAN.