Me refiero a su comunicación radicada con el número de la referencia mediante la cual formula una serie de consultas relacionadas con la fusión de sociedades en los siguientes términos:
- 1. ¿Es posible utilizar los Estados Financieros de fin de ejercicio para aprobar la fusión de sociedades en la Asamblea Ordinaria llevada a cabo durante los primeros tres meses del año?
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- ¿En caso de utilizar los Estados Financieros de fin de ejercicio para aprobación la fusión en la Asamblea Ordinaria, es necesario presentar certificación del representante legal y revisor fiscal de las sociedades, respecto de la ocurrencia o no de eventos que hubieren podido afectar significativamente la situación de la respectiva persona jurídica entre la fecha de corte de los Estados financieros y la presentación de la solicitud de aprobación de fusión?
- Para el caso de una fusión, ¿es necesario publicar el aviso de fusión en un diario de amplia circulación nacional y uno de amplia circulación en el domicilio social de la compañía?
- Cuando sea el caso en que se deba publicar el aviso de fusión en un diario de amplia circulación nacional y uno de amplia circulación en el domicilio social de la compañía, ¿se satisface este requisito cuando la publicación se hace en un solo diario que sea tanto de amplia circulación nacional como de amplia circulación en el domicilio social de la compañía?
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- Bajo el régimen de autorización general de fusiones, cuando una sociedad vigilada por la Superintendencia Nacional de Salud (absorbente) se va a fusionar por absorción con una sociedad inspeccionada por la Superintendencia de Sociedades (absorbida), ¿se debe enviar una copia del certificado de existencia y representación legal en el que conste la inscripción de la fusión a la Superintendencia de Sociedades?
- En el caso de una fusión reorganizativa en la cual el accionista único de la sociedad absorbente y de la sociedad absorbida es el mismo:
6.1 ¿La sociedad absorbente debe emitir nuevas acciones a nombre del accionista único?
6.2 En caso de que no se emitan nuevas acciones, teniendo en cuenta que no se adelanta una relación de intercambio al tener el mismo accionista único las sociedades fusionadas, ¿cómo se hace la integración de patrimonial de las sociedades fusionadas? ¿se debe crear una una cuenta bajo el concepto de prima por fusión? (SIC) -
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