¿Se configuró la causal de exculpación de la multa que invoca la apelante, relativa a que su actuación estuvo inducida a error por el anuncio de la aplicabilidad del Acuerdo 007 de 2014 que se hiciera en el boletín de prensa de la alcaldía municipal y, con base en la cual, aplicó la tarifa del ICA que es objeto de revisión en los actos acusados?


“En cuanto a si la demandante incurrió en el hecho infractor sancionable por inexactitud o, en su defecto, si debería exonerarse de la multa teniendo en cuenta la diferencia en la interpretación del derecho aplicable producto del presunto error al que la condujo un boletín de prensa del demandado, como causal de exculpación, la Sala precisa que, de conformidad con lo descrito en el fundamento jurídico nro. 6, el demandado no solo cambió la tarifa y determinó un mayor tributo a cargo, sino que disminuyó las retenciones en la fuente que sirvieron para descontar el impuesto a pagar, de manera que incurrió en el hecho infractor sancionable por inexactitud, previsto en el artículo 275 del Acuerdo 029 de 2005.

Por otra parte, las declaraciones que hagan funcionarios de una entidad en boletines de prensa oficiales no tienen la entidad de ser normas vinculantes para sus asociados, pues no corresponden al ejercicio de potestades normativas sino a la divulgación de opiniones y de informaciones, de tal manera que resulta impropio invocar como causal de exculpación el haber dirigido la actuación privada con fundamento en documentos divulgativos y no en las normas que regían el tributo.

De esta manera, tampoco resulta procedente atribuir como una diferencia en la interpretación del derecho aplicable la inclusión de retenciones en la fuente que no se acreditaron ante la autoridad demandada en las oportunidades legales y, sobre las que la Sala constató que no hubo cargos de anulación que procuraran desvirtuar la glosa”.


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