¿Cómo se determina la base gravable del impuesto sobre las ventas en los juegos de suerte y azar?


La peticionaria ha consultado a través del radicado de la referencia sobre la interpretación del artículo 71 de la Ley 2277 de 2022, el cual modifica el inciso 3 del artículo 420 del Estatuto Tributario.

En particular, se pregunta si el beneficio de las Unidades de Valor Tributario (UVT) se extiende a las salas de juego que compartan una actividad comercial diferente a la 9200.

El Despacho considera que el artículo 71 de la Ley 2277 de 2022 establece una nueva base gravable para el impuesto sobre las ventas en los juegos de suerte y azar.

Esta base gravable varía según el tipo de juego y se establece en UVT. En el caso de las máquinas electrónicas tragamonedas que operan en locales cuya actividad comercial principal puede ser diferente a juegos de suerte y azar, la base gravable está constituida por el valor correspondiente a diez (10) UVT.

Es importante tener en cuenta que la Resolución 114 de 2020 de la DIAN establece la Clasificación de Actividades Económicas CIIU Rev. 4 A.C. (2020) y sus notas explicativas, del DANE, y se establecen otras clasificaciones propias de su competencia.

Dentro de la División 92 – Actividades de juegos de azar y apuestas, el código 9200 se refiere a las “Actividades de juegos de azar y apuestas”.

Según el artículo 2 de la Resolución 20211200034224 de 2021 de Coljuegos, las máquinas electrónicas tragamonedas que operan en locales cuya actividad comercial principal puede ser diferente a juegos de suerte y azar tendrán características especiales.

Por lo tanto, para efectos del inciso 3 del artículo 420 del Estatuto Tributario, modificado por la Ley 2277 de 2022, la base gravable de diez (10) UVT aplica en el caso de las máquinas electrónicas tragamonedas que operan en locales “cuya actividad comercial principal puede ser diferente a juegos de suerte y azar”, y puede corresponder a cualquier actividad económica diferente a los juegos de azar y apuestas (código CIIU 9200).