«Análisis de la solicitud de reducción del anticipo del impuesto sobre la renta»
El artículo 807 del Estatuto Tributario establece el cálculo del anticipo del impuesto sobre la renta. Los contribuyentes deben realizar este cálculo y liquidarlo en la declaración correspondiente. El valor del anticipo puede ser detraído en la declaración del año gravable siguiente.
La solicitud de reducción del anticipo debe ir acompañada de pruebas que demuestren la disminución de los ingresos del contribuyente durante los primeros tres o seis meses del año en comparación con el mismo periodo del año anterior.
Es posible adjuntar una constancia autenticada de un Contador Público o Revisor Fiscal para respaldar la solicitud de reducción. Esta constancia debe certificar los ingresos del año gravable anterior y los ingresos del periodo por el cual se solicita la reducción.
En el caso específico analizado, se solicitó la reducción del anticipo para el año 2018 basándose en la finalización de un contrato que era la única fuente de ingresos de la sociedad demandante. Se presentaron certificados que respaldaban la solicitud.
Sin embargo, el tribunal determinó que las pruebas presentadas no cumplían con lo establecido en el artículo 809 del Estatuto Tributario. Aunque los certificados de la contadora pública indicaban la ausencia de ingresos en los primeros meses del año, se requería demostrar una disminución del 15% en los ingresos durante el primer trimestre en comparación con el año anterior.
En conclusión, la demandante no pudo demostrar que los ingresos del primer trimestre de 2018 fueran inferiores en un 15% respecto a los del año anterior. Por lo tanto, la autorización de la reducción del anticipo solicitado no procedió.
Normatividad:
Normatividad | Descripción |
Artículo 807 del Estatuto Tributario | Establece el cálculo y la obligación de realizar el anticipo del impuesto sobre la renta. |
Artículo 809 del Estatuto Tributario | Establece los requisitos y las pruebas necesarias para solicitar la reducción del anticipo del impuesto sobre la renta. |
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En síntesis:
La solicitud de reducción del anticipo del impuesto sobre la renta debe cumplir con los requisitos y pruebas establecidos en el Estatuto Tributario. En el caso analizado, las pruebas presentadas no demostraron la disminución requerida en los ingresos del primer trimestre de 2018 en comparación con el año anterior.
Conclusión:
La falta de pruebas suficientes para respaldar la disminución de los ingresos en el primer trimestre impidió la autorización de la reducción del anticipo solicitado.