¿Cuáles son los plazos para el reporte de información exógena en Bogotá en el año 2023?


Plazos para el Reporte de Información Exógena en Bogotá

El cumplimiento de los plazos para el reporte de información exógena en Bogotá es de vital importancia para personas naturales y jurídicas, consorcios, uniones temporales y/o sociedades de hecho, así como para entidades públicas del nivel nacional y territorial. Estos plazos establecen las fechas límite en las cuales deben reportarse los datos correspondientes al año 2022 a la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, a través de medios magnéticos.

Obligatoriedad y Consecuencias

La Resolución DDI 015564 del 04 de abril del 2023 establece la obligatoriedad de suministrar la información exógena requerida por parte de los contribuyentes. Aquellos que no cumplan con los plazos establecidos, entreguen la información con errores o imprecisiones, estarán sujetos a sanciones según la normativa vigente.

Fechas límite según el último dígito de identificación

Es fundamental tener en cuenta las fechas límite establecidas, las cuales varían según el último dígito de identificación de la cédula o el NIT. A continuación, se detallan las fechas correspondientes:

  • Último dígito de identificación 0: 17 de julio de 2023
  • Último dígito de identificación 1: 18 de julio de 2023
  • Último dígito de identificación 2: 19 de julio de 2023
  • Último dígito de identificación 3: 21 de julio de 2023
  • Último dígito de identificación 4: 24 de julio de 2023
  • Último dígito de identificación 5: 25 de julio de 2023
  • Último dígito de identificación 6: 26 de julio de 2023
  • Último dígito de identificación 7: 27 de julio de 2023
  • Último dígito de identificación 8: 28 de julio de 2023
  • Último dígito de identificación 9: 31 de julio de 2023

Proceso de reporte de información

El proceso para reportar la información exógena es sencillo y se realiza a través del sitio web de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá. La Entidad ha habilitado un «Validador para el reporte de información» donde los contribuyentes deben cargar directamente los archivos requeridos. Una vez concluido el proceso de reporte, el aplicativo emitirá un número de radicado por cada artículo reportado.

Recomendaciones del director de Impuestos

El director de Impuestos, Pablo Verástegui, hace una recomendación importante a todos los contribuyentes. Antes de iniciar el proceso de reporte, es fundamental consultar la Resolución DDI 015564 del 04 de abril del 2023, donde se detalla el contenido y las características de la información que debe suministrarse. De esta manera, se asegura el cumplimiento adecuado de las obligaciones tributarias.

Conclusión

En conclusión, el reporte de información exógena en Bogotá es un proceso que debe llevarse a cabo dentro de los plazos establecidos. Es responsabilidad de cada contribuyente cumplir con esta obligación y suministrar la información de manera correcta y oportuna. El incumplimiento de los plazos o la entrega de información con errores puede acarrear sanciones. Por lo tanto, es fundamental estar informado, consultar la normativa correspondiente y utilizar los recursos proporcionados por la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá.

¡No pierdas de vista los plazos establecidos y asegúrate de cumplir con tus obligaciones tributarias!


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