¿Cuáles son los requisitos y procedimientos establecidos en el Estatuto Tributario para atenuar la sanción por enviar información con errores?


Cómo Atenuar la Sanción por Enviar Información con Errores según el Estatuto Tributario

Introducción

En el ámbito tributario, el cumplimiento de las obligaciones fiscales es fundamental para evitar sanciones y contratiempos legales. En ocasiones, puede ocurrir que al enviar información a la Administración Tributaria se cometan errores u omisiones involuntarias, lo que podría conllevar a la imposición de una sanción.

Sin embargo, el Estatuto Tributario contempla la posibilidad de atenuar esta sanción mediante el cumplimiento de ciertos requisitos y procedimientos establecidos en la ley.

En este artículo, explicaremos detalladamente los requisitos para atenuar la sanción por enviar información con errores, de acuerdo con el inciso 3º del artículo 651 del Estatuto Tributario y las directrices establecidas por el Consejo de Estado en la Sentencia 05001233300020190267701 del 25 de mayo de 2023.

Reducción de la Sanción por Subsanar la Infracción

Conforme al artículo 651 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 55 de la Ley 6 de 1992, se establece que la sanción por no enviar información requerida puede reducirse al 10 % de la multa inicial, siempre y cuando se subsane la infracción antes de la notificación de la imposición de la sanción. 

Para lograr esta reducción, es imprescindible que el contribuyente presente un memorial ante la Administración, aceptando la sanción reducida y demostrando la subsanación de la omisión.

Requisitos para Cumplir antes de la Subsanación

Antes de proceder con la subsanación de la infracción y solicitar la reducción de la sanción, es necesario cumplir con ciertos requisitos previstos en la normativa tributaria. Estos son:

1. Cuantificación Correcta de la Multa a Imponer

El primer paso para beneficiarse de la reducción de la sanción es realizar una correcta cuantificación de la multa a imponer. Es decir, la Administración Tributaria debe establecer de manera precisa y acorde a la ley el monto de la sanción que corresponde a la infracción cometida.

Esto es fundamental, ya que no se puede calcular la sanción reducida sobre la base de una penalización que no esté en conformidad con el ordenamiento jurídico.

2. Propuesta y Determinación de la Sanción por la Autoridad Tributaria

La sanción por enviar información con errores es una decisión propuesta y determinada por la autoridad tributaria. En este sentido, la ley permite la aplicación de aminoraciones de la pena según el comportamiento del infractor. Por lo tanto, la Administración debe tener en cuenta las circunstancias particulares del caso antes de imponer la sanción definitiva.

3. Cálculo Propio de la Sanción Reducida por parte del Sancionado

En el supuesto de que el pliego de cargos presentado por la Administración no gradúe correctamente la sanción, el contribuyente tiene la facultad de calcular por sí mismo la sanción reducida que le correspondería conforme a la normativa vigente. Para esto, es recomendable contar con asesoría legal para asegurar un cálculo preciso y acorde con la ley.

Procedimiento para Solicitar la Reducción de la Sanción

Una vez se haya cumplido con los requisitos previos y se haya cuantificado correctamente la multa a imponer, el contribuyente puede proceder a solicitar la reducción de la sanción por enviar información con errores. A continuación, se detallan los pasos a seguir:

1. Presentar Memorial de Aceptación y Subsanación

El contribuyente debe presentar un memorial ante la Administración Tributaria en el cual acepte la sanción propuesta, reconociendo la infracción cometida. Además, debe demostrar la subsanación de la omisión y aportar la documentación que respalde esta corrección.

2. Acreditar el Pago o Acuerdo de Pago de la Sanción

Es fundamental acreditar el pago total de la sanción impuesta o, en su defecto, presentar un acuerdo de pago aceptado por la Administración. Esto garantiza el compromiso del contribuyente con el cumplimiento de la sanción reducida.

3. Evaluación y Resolución por parte de la Administración

Una vez recibido el memorial y los documentos pertinentes, la Administración Tributaria evaluará la solicitud de reducción de la sanción. De acuerdo con la información proporcionada y la observancia de los requisitos, la autoridad emitirá una resolución que determinará si procede o no la reducción de la sanción.

Conclusión

Cumplir con las obligaciones fiscales es un deber para todos los contribuyentes, pero es natural que puedan cometerse errores en el proceso de envío de información a la Administración Tributaria. En estos casos, es esencial conocer los requisitos y procedimientos para atenuar la sanción por enviar información con errores, como los establecidos en el Estatuto Tributario.

Así, mediante una adecuada cuantificación de la multa, el reconocimiento de la infracción y la subsanación oportuna, es posible solicitar una reducción de la sanción impuesta.

Cabe destacar la importancia de contar con asesoría legal especializada para asegurar el cumplimiento de todos los requisitos y garantizar el éxito en la solicitud de atenuación de la sanción.


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