La Corte Suprema de Justicia puso este martes a consideración del Congreso la propuesta legislativa de un Nuevo “Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social”, iniciativa liderada por la Sala de Casación Laboral de la corporación.
Se trata de una propuesta integral, sistematizada y coherente para regular los asuntos que son de conocimiento de la justicia en su especialidad laboral y de la seguridad social, adoptando un sistema jurídico acorde a las realidades sociales y tecnológicas actuales, con el fin de proteger los derechos que surgen en las relaciones laborales, asegurar una justicia laboral eficiente a tono con las necesidades del Siglo XXI.
El nuevo Código propuesto por la Corte -el cual incluye las opiniones, comentarios y sugerencias de la academia, abogados, jueces y magistrados de los Distritos Judiciales-, busca aprovechar los avances tecnológicos y la virtualidad para agilizar los procedimientos laborales, permitiéndoles a los trabajadores, empleadores y entidades gubernamentales interactuar de forma rápida y segura, reduciendo trámites innecesarios y facilitando el acceso a la justicia.
En la exposición de motivos de este proyecto, la Corte tuvo en cuenta que el estatuto que gobierna los procedimientos laborales fue expedido en 1948 y convertido en legislación permanente ese mismo año. Esa normativa se encuentra rezagada por el paso de los años, pues los cambios que se le han dado a través de distintas leyes “no han cumplido a cabalidad con las motivaciones que las inspiraron, como era el de dar una mayor agilidad y claridad a las ritualidades que gobiernan los juicios del trabajo, en pro de contribuir a una pronta y cumplida administración de justicia”.
La Corte también considera que persisten vacíos, ambigüedades y lagunas en la normatividad, lo cual ha llevado a que, en los juicios laborales, en lugar de tener una mayor claridad y celeridad, haya caos y disparidad de criterios. Por esto, el Nuevo Código propuesto por el máximo tribunal de la justicia ordinaria busca no solo modernizar la normativa, sino también ordenar lo que existe de forma coherente y estructurada.
Así, el estatuto que la Corte propone al Congreso establece procedimientos claros y ágiles, por ejemplo, para el reconocimiento de prestaciones, indemnizaciones y derechos adquiridos, fortaleciendo los mecanismos de inspección y vigilancia. También fomenta la conciliación y la resolución pacífica de los conflictos, entre otros ajustes y cambios.
Algunos de los aspectos que el proyecto propone renovar son los siguientes:
- Se establece que la jurisdicción ordinaria en las especialidades laboral y de la seguridad social debe conocer prácticamente todas las controversias derivadas de las relaciones del trabajo, haciendo algunas excepciones y exclusiones.
- Dada la implementación de las TIC en la justicia virtual, el proyecto regula de forma autónoma el uso de esas tecnologías, así como la validez y gestión de las actuaciones, comunicaciones y memoriales que se envían usando esas herramientas. También lo relacionado con las notificaciones.
- Se regulan de mejor forma los requisitos para presentar una demanda, teniendo en cuenta la virtualidad, así como las causales para inadmitir.
- El nuevo Código propone suprimir los procesos de única instancia para que estas controversias, por su impacto social, sean tramitadas en dos instancias.
- Se fijan reglas más claras y precisas sobre a qué juez le corresponde conocer determinado proceso, con lo cual se espera que disminuyan en gran medida los conflictos de competencia que hoy son recurrentes, causando mora judicial y perjudicando a quienes acuden a la administración de justicia.
- Se define el trámite de los procesos de ejecución y lo concerniente a los títulos ejecutivos.
- Se amplían los asuntos que se tramitarán por el procedimiento especial, en los que se incluyen los relacionados con la estabilidad laboral reforzada por fuero sindical, fuero circunstancial, fuero de maternidad, fuero por discapacidad, fuero de pre-pensionado, fuero derivado del acoso laboral, fijando un término de prescripción de 6 meses, lo cual permite una mayor agilidad en el trámite de estos asuntos.
- Se regula de manera integral la conciliación y se determinan los requisitos a tener en cuenta por parte de los operadores judiciales para atender solicitudes relativas a ese mecanismo.
- Se acoge la figura de sentencia anticipada, pues hay circunstancias en las que algunas controversias se pueden resolver con mayor celeridad, sin tener que agotar todas las etapas.
- Atendiendo a las problemáticas que ha tenido que abordar la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en su rol de máximo tribunal de la especialidad laboral, se propone reformar el recurso de casación, partiendo de establecer qué es y su finalidad.
“La aprobación de este proyecto de Nuevo Código de Procedimiento Laboral y de la Seguridad Social representa un paso significativo hacia la modernización y fortalecimiento de nuestra justicia laboral. La adaptación a las nuevas realidades sociales y la virtualidad nos permitirá brindar una mayor protección a los derechos de los trabajadores, agilizar los procedimientos y contribuir al bienestar social y económico de nuestra sociedad. Esperamos contar con el apoyo del Congreso de la República de Colombia para avanzar hacia un sistema más justo, equitativo y acorde con los desafíos de la era moderna”, puntualiza la Corte Suprema de Justicia.