En primer lugar, debe precisarse que en razón a la declaratoria de inexequibilidad de la Ley 1943 de 2018, la Resolución 000020 de 2019 se encuentra incursa en el fenómeno del decaimiento, por lo cual su contenido tuvo vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019. Sin embargo, se reitera lo explicado en el oficio No. 031058 de 2019, en cuanto a que:»(…) si bien todos los actos administrativos que se soporten en disposiciones de la Ley 1943 de 2018, a partir del 01 de enero de 2020 sufrirán decaimiento, la factura electrónica de venta seguirá siendo soporte de toda venta y/o prestación de servicios, así como de costos, deducciones e impuestos descontables, en razón a que los artículos del ET., previos a la expedición de la Ley así la consideraban. |