Implementación de la Nómina Electrónica: Obligaciones y Consideraciones
Introducción
La implementación de la nómina electrónica conlleva obligaciones y consideraciones específicas en el ámbito contable, tributario y laboral.
Pregunta:
"De acuerdo a la resolución número 013 del día 11 de febrero de 2021, por concepto del tema de la nómina electrónica, ¿las cooperativas de trabajo asociado (CTA) que manejan la figura de compensaciones y no salarios, les aplica la normatividad de la nómina electrónica?"
Respuesta:
Las cooperativas de trabajo asociado deben ajustarse a la normativa específica de acuerdo con la naturaleza de sus pagos y su relación con los trabajadores.
Nomina electrónica | |
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1 | Implementación de la nómina electrónica en el sistema de facturación. |
2 | Definición del documento soporte de pago de nómina electrónica según la Resolución DIAN No. 000013 de 2021. |
3 | Sujetos obligados a implementar el documento soporte de pago de nómina electrónica, según el artículo 4 de la Resolución. |
4 | Formas de soportar los pagos de compensaciones realizados por las Cooperativas de Trabajo Asociado según su naturaleza. |
5 | Obligaciones de generación y transmisión del documento soporte de pago de nómina en ciertos casos específicos de contratación laboral. |
La implementación de la nómina electrónica, regulada por la Resolución DIAN No. 000013 de 2021, establece un marco normativo para los pagos y deducciones en el impuesto sobre la renta y el IVA relacionados con la nómina. Los sujetos obligados a implementar esta modalidad deben ajustarse a los términos y condiciones establecidos en la normativa.
La definición del documento soporte de pago de nómina electrónica según la Resolución implica la inclusión de los valores devengados y deducidos de la nómina, así como su transmisión para validación por parte de la DIAN.
Este documento electrónico constituye un respaldo necesario para la adecuada gestión fiscal y tributaria.
La Resolución también determina los sujetos obligados a generar y transmitir el documento, incluyendo a los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que realizan pagos derivados de relaciones laborales o legales. La normativa busca garantizar la adecuada declaración de costos y deducciones tanto en el impuesto sobre la renta como en el IVA.
En el caso de las compensaciones efectuadas por las Cooperativas de Trabajo Asociado a los asociados, se establece que la obligatoriedad de implementar el documento soporte de pago de nómina electrónica depende de la naturaleza de la relación entre la cooperativa y el asociado, considerando si se trata de una relación laboral o una relación distinta.
La forma de soportar los pagos efectuados por concepto de compensaciones depende de si el prestador del servicio está obligado a facturar o no. En caso de ser obligado, debe seguir los lineamientos de la Resolución DIAN 000042 de 2020, mientras que si no está obligado, se deben seguir las disposiciones específicas para sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente.
En el caso de que las Cooperativas de Trabajo Asociado contraten a personas mediante una vinculación laboral o legal y reglamentaria, deben generar y transmitir el documento soporte de pago de nómina, según las disposiciones correspondientes.
Normatividad
Normatividad | Descripción |
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Resolución DIAN No. 000013 de 2021 | Regula la implementación y desarrollo de la nómina electrónica en el sistema de facturación. |
Resolución DIAN 000042 de 2020 | Establece los lineamientos para la facturación electrónica en general. |
Decreto 1625 de 2016 | Regula el documento soporte de adquisiciones para sujetos no obligados a expedir factura de venta. |
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Conclusión
La implementación de la nómina electrónica requiere un análisis detallado de las obligaciones y consideraciones legales para garantizar el cumplimiento normativo y tributario.