¿Cuáles son las especificaciones requeridas para la emisión de facturas de venta en los esquemas de protección de la UNP?


Consulta sobre el Tratamiento del IVA en Contratación de Esquemas de Protección por parte de la UNP

¿Cuáles son las especificaciones requeridas para la emisión de facturas de venta en los esquemas de protección de la UNP?

La emisión de facturas de venta requiere que los servicios de vigilancia contratados estén autorizados por la Superintendencia de Vigilancia Privada y cumplan con las disposiciones del artículo 462-1 del Estatuto Tributario.

Tratamiento del IVA en Contratación de Esquemas de Protección por parte de la UNP
Tratamiento del IVA en esquemas de protección de la UNP
Base gravable especial según el artículo 462-1 del Estatuto Tributario
Definiciones y alcance de esquemas de protección según el Decreto 1066 de 2015
Requisitos para la aplicación de la base gravable especial del IVA
Obligaciones para la emisión de facturas de venta o documentos equivalentes

Las consultas relacionadas con la aplicación del IVA en los esquemas de protección de la Unidad Nacional de Protección (UNP) y el tratamiento de servicios de vigilancia son aclaradas a la luz de la normatividad tributaria y las definiciones específicas según el Decreto 1066 de 2015.

La base gravable especial del IVA se aplica a los servicios de vigilancia autorizados por la Superintendencia de Vigilancia Privada, siempre que estos servicios cumplan con las disposiciones del artículo 462-1 del Estatuto Tributario y demás regulaciones correspondientes.

Los esquemas de protección se definen como medidas destinadas a proteger los derechos a la vida, integridad, libertad y seguridad personal de los protegidos, de acuerdo con el artículo 2.4.1.2.11 del Decreto 1066 de 2015.

Para la aplicación de la base gravable especial del IVA, es fundamental que los medios utilizados en los servicios de vigilancia formen parte integral de la modalidad del servicio prestado y cumplan con los requisitos establecidos por la normativa correspondiente.

La emisión de facturas de venta o documentos equivalentes en este contexto debe cumplir con las disposiciones y lineamientos detallados por la normativa vigente, como se especifica en los oficios No. 902446 y 906551 de 2020.

Normatividad

NormatividadDescripción
Estatuto Tributario, artículo 462-1Define la base gravable especial del IVA para servicios específicos de vigilancia
Decreto 1066 de 2015Establece definiciones y alcances de los esquemas de protección y servicios de vigilancia
Decreto Ley 356 de 1994Regula el Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada, especificando modalidades y medios para la prestación de servicios de vigilancia
Oficio No. 020055 de 2019Clarifica la relación entre la actividad de blindaje y el IVA en el contexto de servicios de vigilancia y seguridad privada
Oficio No. 028956 de 2016Detalla la restricción en el uso de beneficios tributarios para ciertas actividades de seguridad privada

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Conclusión:


Se debe considerar cuidadosamente la relación entre los servicios de vigilancia autorizados, los esquemas de protección y las disposiciones fiscales correspondientes para garantizar el cumplimiento adecuado de las regulaciones tributarias.