¿Cómo se regulan las licencias no remuneradas en el sector privado y cuál es el respaldo legal para la suspensión del contrato durante este período?


Respuesta del Ministerio del Trabajo sobre Licencia no Remunerada

El Ministerio del Trabajo, en su misiva fechada el 08 de septiembre de 2023, aborda el tema de las licencias no remuneradas en respuesta a una solicitud específica. Este organismo, regido por el Decreto 4108 de 2011, tiene como objetivo principal brindar orientación jurídica, sin embargo, no posee la facultad de dirimir controversias o declarar derechos, prerrogativa reservada a los jueces.

En primer lugar, se destaca la importancia del derecho de petición, estableciendo que la Administración no está obligada a conceder solicitudes de manera incondicional. La respuesta a consultas, según la jurisprudencia, no está condicionada a ser favorable al solicitante, sino que se emite de manera general y abstracta.

En relación con las licencias no remuneradas, se recalca que el Código Sustantivo del Trabajo no las regula de manera específica. En el ámbito privado, estas licencias se rigen por los reglamentos internos de cada empresa. Asimismo, se subraya la importancia de que durante la licencia no remunerada, el contrato de trabajo puede suspenderse, permitiendo al empleado retomar sus labores al finalizar el período.

En cuanto al descuento por los días no laborados durante la licencia no remunerada, se establece que dicho procedimiento se ajustará a lo dispuesto en el Reglamento de Trabajo de cada empresa. La consulta se responde conforme al Artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, indicando que los conceptos emitidos no son de obligatorio cumplimiento, sino criterios orientadores.

En resumen, el Ministerio del Trabajo enfatiza la naturaleza orientadora de sus respuestas, destaca la ausencia de regulación específica para las licencias no remuneradas en el sector privado y subraya la importancia de referirse a los reglamentos internos de cada empresa.


Normatividad Relacionada:

NormaContenido
Decreto 4108 de 2011Modifica los objetivos y la estructura del Ministerio de Trabajo, integrando el sector administrativo de Trabajo.
Código Sustantivo del TrabajoEstablece las obligaciones especiales del empleador, incluyendo la concesión de licencias remuneradas en situaciones específicas.
Artículo 51 del CSTSeñala las condiciones de suspensión del contrato de trabajo, incluyendo la licencia o permiso temporal concedido por el empleador.
Artículo 108 del CSTEstablece los contenidos que deben tener los reglamentos internos de trabajo, incluyendo disposiciones sobre permisos.
Ley 1755 de 2015Modifica el Artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, estableciendo que los conceptos emitidos en respuesta a consultas no son de obligatorio cumplimiento.

¿Cuál es la competencia del Ministerio del Trabajo en relación con las licencias no remuneradas y cuál es el fundamento legal para la suspensión del contrato de trabajo durante dicho período?

El Ministerio del Trabajo, según el Decreto 4108 de 2011, tiene como objetivo principal brindar orientación jurídica sobre las licencias no remuneradas. No posee la competencia de dirimir controversias ni declarar derechos, reservados a los jueces. La suspensión del contrato de trabajo durante la licencia no remunerada se fundamenta en el Artículo 51 del Código Sustantivo del Trabajo, que contempla la suspensión por licencia o permiso temporal concedido por el empleador.