¿Sabía usted que la reducción por no enviar información del (50%) en sanciones tributarias exige requisitos específicos?


El 18 de enero de 2024, el Consejo de Estado se encargó de examinar la posibilidad de reducir al 50 % las sanciones por no enviar información, según lo establecido en el ordinal 3 del artículo 640 del Estatuto Tributario (E. T.).

La demandante alegó que la atenuación de la pena era procedente, ya que antes de recibir la notificación de la resolución sancionatoria, admitió la infracción y pagó la multa correspondiente.

En oposición, la Dian sostuvo que la reducción de la sanción no era válida, argumentando que el demandante no demostró que no había incurrido en la misma infracción en los cuatro años anteriores a la conducta sancionada.

La norma en cuestión establece la atenuación de la pena al 50 % cuando se cumplan tres supuestos: que no haya habido sanciones por la misma conducta en los últimos cuatro años, que la sanción sea aceptada y que la infracción sea subsanada.

Así, la atenuación de la pena solo es procedente si se cumplen estrictamente los tres requisitos prescritos en la normativa.

Dado que el infractor subsanó su omisión al responder al pliego de cargos y, según las pruebas presentadas, cumplió con los requisitos exigidos por la ley, la reducción de la sanción al 50 % por la información no enviada resultaba procedente.

En consecuencia, la Sala declaró la nulidad parcial de los actos expedidos por la Dian y, en restablecimiento del derecho, fijó la sanción por no informar de acuerdo con lo expuesto.

En resumen, el caso evidencia la importancia de cumplir con los requisitos legales para obtener la reducción de sanciones tributarias. La norma establece claramente las condiciones que deben cumplirse, y la decisión del Consejo de Estado subraya la necesidad de demostrar el cumplimiento de dichos requisitos.

RequisitoCumplimiento
No sanciones en 4 años anteriores
Aceptación de la sanción
Subsanación de la infracción
¿Cuáles son los requisitos que deben cumplirse para obtener la reducción del 50 % en sanciones tributarias por no enviar información? 

De acuerdo con la normativa, se deben cumplir tres requisitos: no haber sido sancionado por la misma conducta en los cuatro años anteriores, aceptar la sanción y subsanar la infracción.