¿Sabía usted que la Sentencia 26443 destaca la falta de sustento normativo para la adición de ingresos a la base gravable del impuesto sobre la renta?


La Sentencia 26443 de 2023 aborda la adición de ingresos y la causación fiscal, destacando la falta de sustento normativo en la demanda y el a quo. La Sala enfatiza la importancia de probar el reconocimiento contable de los réditos en el periodo de causación, siguiendo las disposiciones legales del impuesto sobre la renta.

Causación y Elementos del Hecho Generador

La Sala resalta que el impuesto grava los réditos percibidos durante el año calendario, según el artículo 26 del ET. Se subraya la importancia de considerar únicamente los factores del periodo impositivo al determinar las obligaciones tributarias, sin reconocer efectos intertemporales.

Exigibilidad Legal y Cobrabilidad

Se argumenta que la indemnización y costas de la litis no fueron exigibles legalmente en el año 2007, como afirmaba el acto acusado. La sentencia ejecutoriada en 2004, condenando al deudor al pago, establece que no cumplen con los requisitos necesarios para la causación fiscal en 2007.

Indexación y Determinación de Deuda Tributaria

En relación con la indexación, la Sala observa que constituye un factor de determinación de la deuda tributaria que sí se causó en el año gravable 2007. La corrección monetaria buscaba compensar la devaluación de la moneda entre la ejecutoria de la sentencia y el momento del pago, siendo exigible en la fecha de cumplimiento de la obligación.

Conclusión

En resumen, la Sala concluye que era improcedente gravar los ingresos de la actora en el año 2007, provenientes de una sentencia ejecutoriada en 2004. Se destaca la necesidad de diferenciar la causación fiscal de la corrección monetaria, avalando parcialmente el cargo de apelación.

Tabla de Resumen:

PuntoAspecto Clave
3.5Exigibilidad legal y cobrabilidad en 2007.
3.6Indexación y determinación de deuda tributaria en 2007.
FinalConclusión y aval parcial del cargo de apelación.

La Sentencia resalta la importancia de seguir las normativas fiscales al gravar ingresos y destaca la necesidad de pruebas contables para respaldar cualquier adición a la base gravable.

Tabla de Normatividad:

NormatividadDescripción
Artículo 26 del ETEstablece que el impuesto sobre la renta grava los réditos percibidos durante el año calendario.
Decreto Reglamentario 187 de 1975Especifica el periodo impositivo coincidente con el año calendario, según el artículo 1.º del mencionado decreto.
Decreto Único 1625 de 2016Codificación normativa en materia tributaria que regula el periodo impositivo.
Jurisprudencia (Exp. 20607, CP: Julio Roberto Piza)Enfatiza que la determinación de las obligaciones tributarias toma en cuenta factores del periodo impositivo sin efectos intertemporales.

La normatividad relevante, como el Artículo 26 del ET y los decretos reglamentarios, establece las bases para la tributación de réditos y la determinación de obligaciones fiscales. La jurisprudencia destaca la importancia de considerar únicamente los factores del periodo impositivo, sin efectos intertemporales.