La Corte Constitucional dio a conocer la sentencia que modifica la jornada laboral del servicio doméstico interno, reduciéndola de 60 a 52,5 horas semanales.


El 13 de febrero de 2024, la Corte Constitucional dio a conocer la sentencia que modifica la jornada laboral del servicio doméstico interno, reduciéndola de 60 a 52,5 horas semanales.

Esta decisión se basa en la exequibilidad condicionada del artículo 2 de la Ley 2101 de 2021 y el numeral 1 del literal b) del artículo 162 del Código Sustantivo del Trabajo. La reducción de la jornada, asimilada a la aplicada a los trabajadores en general, podrá llevarse a cabo de manera progresiva, a menos que las partes acuerden su implementación inmediata.

Adicionalmente, la Corte Constitucional hace un llamado al Congreso para que tome las medidas legislativas necesarias con el objetivo de equiparar la jornada máxima laboral del servicio doméstico con la de los trabajadores en general, cumpliendo así con lo establecido en el artículo 10 del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Los demandantes argumentaron que el Congreso incurrió en una omisión legislativa relativa al no incluir en las disposiciones cuestionadas a las personas que desempeñan labores domésticas como internas y al no establecer cómo se llevaría a cabo la reducción de su jornada laboral.

Luego de un análisis sobre el trabajo doméstico y el principio de igualdad, la Corte concluyó que efectivamente hubo una omisión legislativa relativa al excluir a las personas que trabajan en el servicio doméstico interno. Esta exclusión generó una desigualdad injustificada, considerando la importancia económica y social del trabajo en el hogar.