¿Debe o no revocarse el auto del 4 de septiembre de 2023, proferido por el magistrado sustanciador del proceso, mediante el cual resolvió decretar la suspensión provisional parcial de las normas acusadas en el medio de control de nulidad?


Levantamiento de Suspensión Provisional de Conceptos DIAN

Se anula la suspensión provisional respecto de los Conceptos 000I2023000641 del 20 de enero de 2023 y 000I2023002390 del 1 de marzo de 2023, emitidos por la DIAN, los cuales interpretaron el sujeto pasivo del impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes.

Síntesis del Caso: Revocación y Negación de Medida Cautelar

La Sala revoca el auto del 4 de septiembre de 2023, que suspendía parcialmente los Conceptos mencionados. La decisión se basa en que, según la Corte Constitucional, no se cumplían los requisitos para la suspensión provisional, ya que no existía una contradicción manifiesta en los elementos estructurales del tributo y la definición de productor/importador de productos plásticos de un solo uso.

Requisitos para Suspensión Provisional del Impuesto sobre Productos Plásticos

  • Elementos del Impuesto: Hecho generador, sujeto activo y pasivo, base gravable y tarifa.
  • Hecho Generador del Impuesto: Venta, retiro para autoconsumo o importación para autoconsumo de productos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes.
  • Sujeto Activo del Impuesto: La Nación.
  • Sujeto Pasivo o Responsable: El productor o importador.
  • Base Gravable del Impuesto: Peso en gramos del envase, embalaje o empaque de plástico de un solo uso.
  • Tarifa del Impuesto: 0,00005 UVT por cada gramo del envase, embalaje o empaque.

Definición según Sentencia C-506 de 2023 de la Corte Constitucional

La Corte Constitucional, en su sentencia C-506 de 2023, declaró inexequible la expresión «bienes para su comercialización en el territorio colombiano, que estén contenidos en» y declaró exequible el artículo 51 de la Ley 2277 de 2022.

Problema Jurídico: Revocación del Auto de Suspensión Provisional

¿Debería revocarse el auto del 4 de septiembre de 2023, que decretó la suspensión provisional parcial de las normas acusadas en el medio de control de nulidad?

Tesis: Requisitos para Suspensión Provisional según CPACA

El artículo 231 del CPACA establece los requisitos para la suspensión provisional de un acto administrativo. En este caso, la violación surge del análisis de los conceptos y su confrontación con las normas superiores. La Corte Constitucional, en su sentencia C-506 de 2023, definió los elementos estructurales del tributo y la noción de productor/importador, concluyendo que no había contradicción manifiesta para decretar la suspensión provisional. En consecuencia, se revoca el auto del 4 de septiembre de 2023.

Normatividad

NormatividadDescripción
Conceptos 000I2023000641 y 000I2023002390 (DIAN)Levantamiento de suspensión provisional respecto a la interpretación del sujeto pasivo del impuesto nacional sobre productos plásticos.
Auto del 4 de septiembre de 2023Revocación de la suspensión provisional parcial de los Conceptos mencionados.
Artículos 50, 51, 52 y 53 de la Ley 2277 de 2022Definición de elementos estructurales del impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso.
Sentencia C-506 de 2023 (Corte Constitucional)Declaración de inexequibilidad de ciertas expresiones y declaración de exequibilidad del artículo 51 de la Ley 2277 de 2022.
Artículo 231 del CPACAEstablecimiento de requisitos para la suspensión provisional de un acto administrativo.

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