¿Cómo se reconoce un pasivo en transacciones de corresponsales bancarios?


El Ctcp proporciona una guía detallada sobre cómo deben contabilizar las entidades jurídicas las transacciones generadas por corresponsales bancarios, basándose en el Marco Técnico Normativo de la NIIF para las PYMES del Grupo 2.

La normativa destaca la importancia de diferenciar entre los ingresos propios y los recibidos en nombre de terceros, así como el adecuado reconocimiento de pasivos y comisiones en una relación de agencia.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) de Colombia proporciona estas directrices para asegurar que las prácticas contables cumplan con los estándares establecidos, promoviendo la transparencia y precisión en los estados financieros de las entidades que operan con corresponsales bancarios.

Tabla Comparativa: Reconocimiento Contable en Relación de Agencia vs. Actividad Propia

AspectoRelación de AgenciaActividad Propia
Ingresos ReconocidosSolo la comisión del agenteEntradas brutas de beneficios económicos recibidos por cuenta propia
Pasivos ReconocidosNo aplica, ya que los importes recibidos no son ingresos del agentePasivo por ingresos recibidos en nombre de terceros
Tratamiento de ImpuestosExcluidos, ya que son recibidos en nombre de tercerosIncluidos si son parte de los ingresos de la entidad
Ejemplo de TransacciónComisión por facilitar un pago en nombre de una entidad financieraIngresos por la venta de bienes o servicios directamente a clientes
Normativa AplicablePárrafo 23.4 de la Sección 23 – Ingresos de actividades ordinarias de la NIIF para PYMESMarco Técnico Normativo de la NIIF para las PYMES del Grupo 2
Reconocimiento de BeneficiosNo se reconocen como beneficios económicos de la entidadSe reconocen como beneficios económicos propios
Documentación NecesariaDetalles de comisiones y transacciones en nombre de la entidad financieraRegistros de ventas, servicios y cualquier otro ingreso propio
¿Sabía usted que el tratamiento contable de los ingresos y pasivos en transacciones de corresponsales bancarios puede variar significativamente dependiendo de si la entidad actúa por cuenta propia o en una relación de agencia?

Sí, la normativa contable establece que en una relación de agencia, la entidad (el agente) solo debe reconocer como ingresos su comisión, excluyendo los importes recibidos en nombre de la entidad financiera principal.

En cambio, cuando actúa por cuenta propia, la entidad debe reconocer todos los beneficios económicos brutos recibidos como ingresos propios, y cualquier pasivo asociado a estos ingresos. Esta diferenciación es crucial para asegurar la transparencia y precisión en los estados financieros.

Conclusión

El análisis del tratamiento contable de las transacciones realizadas por corresponsales bancarios según la NIIF para las PYMES del Grupo 2 subraya la necesidad de una adecuada segregación de los ingresos propios y los recibidos en nombre de terceros.

Siguiendo estas directrices, las entidades pueden garantizar que sus prácticas contables sean conformes con los estándares establecidos, lo que a su vez mejora la claridad y precisión de sus informes financieros.

Normatividad

NormatividadDescripción
Ley 43 de 1990Establece las normas y principios que rigen la profesión contable en Colombia, definiendo las responsabilidades y competencias de los contadores públicos.
Ley 1314 de 2009Regula los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de la información aceptados en Colombia. Esta ley también establece los organismos responsables de su expedición y divulgación.
Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015Contiene el Marco Técnico Normativo de la NIIF para las PYMES del Grupo 2. Este decreto consolida la normatividad aplicable a las pequeñas y medianas empresas en cuanto a la contabilidad e información financiera.
Párrafo 23.4 de la Sección 23 de la NIIF para PYMESDefine cómo deben ser reconocidos los ingresos de actividades ordinarias, estableciendo que solo se deben incluir las entradas brutas de beneficios económicos recibidos por cuenta propia y excluir los importes recibidos en nombre de terceros.
Ley 1437 de 2011Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, modificado por la Ley 1755 de 2015, regula los efectos de los conceptos emitidos por organismos como el CTCP en relación con las consultas que reciben.
Conceptos emitidos por el CTCPLos conceptos proporcionados por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública son orientaciones técnicas y científicas sobre las normas de contabilidad, información financiera y aseguramiento de la información para su correcta aplicación.

Guía Completa para el Reconocimiento de Transacciones de Corresponsales Bancarios Según las NIIF para las PYMES

Introducción

En el entorno financiero moderno, los corresponsales bancarios juegan un papel crucial al facilitar una variedad de transacciones. Sin embargo, la contabilización correcta de estas transacciones puede ser un desafío para las entidades jurídicas. Esta guía ofrece una visión detallada sobre cómo las personas jurídicas deben contabilizar las transacciones generadas por un corresponsal bancario, con base en el Marco Técnico Normativo de la NIIF para las PYMES del Grupo 2.

1. ¿Qué es un Corresponsal Bancario?

Un corresponsal bancario es un tercero, generalmente un establecimiento comercial, que actúa en nombre y representación de una institución financiera. Estas entidades permiten realizar diversas operaciones bancarias, tales como depósitos, pagos de servicios, abonos a tarjetas de crédito y retiros de efectivo. Su función principal es ampliar la cobertura del sistema bancario, proporcionando acceso a servicios financieros en ubicaciones convenientes.

2. Marco Normativo Aplicable

El tratamiento contable de las transacciones realizadas por corresponsales bancarios debe seguir el marco normativo aplicable a cada entidad. En este caso, nos referimos al Marco Técnico Normativo de la NIIF para las PYMES del Grupo 2, contenido en el Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015.

3. Reconocimiento de Ingresos y Pasivos

3.1. Ingresos Ordinarios

Según la Sección 23 de la NIIF para las PYMES, una entidad debe incluir en los ingresos de actividades ordinarias solo las entradas brutas de beneficios económicos que recibe y recibirá por cuenta propia. Los importes recibidos en nombre de terceros, como los impuestos sobre las ventas, no deben incluirse en los ingresos de actividades ordinarias.

3.2. Relación de Agencia

En una relación de agencia, donde una entidad (el agente) actúa en nombre de otra (el principal), los ingresos de actividades ordinarias deben reflejar solo la comisión del agente. Los montos recibidos en nombre del principal no son ingresos de actividades ordinarias de la entidad.

3.3. Reconocimiento de Pasivos

La entidad jurídica encargada de la función de corresponsal bancario debe reconocer un pasivo por los ingresos recibidos en nombre de la entidad financiera, además de un ingreso propio por la comisión de administración.

4. Detalles del Párrafo 23.4 de la NIIF para las PYMES

El párrafo 23.4 de la Sección 23 – Ingresos de actividades ordinarias, establece:

«Una entidad incluirá en los ingresos de actividades ordinarias solamente las entradas brutas de beneficios económicos recibidos y por recibir por parte de la entidad, actuando por cuenta propia. Una entidad excluirá de los ingresos de actividades ordinarias todos los importes recibidos por cuenta de terceras partes tales como impuestos sobre las ventas, impuestos sobre productos o servicios o impuestos sobre el valor añadido. En una relación de agencia, una entidad (el agente) incluirá en los ingresos de actividades ordinarias solo el importe de su comisión. Los importes recibidos por cuenta del principal no son ingresos de actividades ordinarias de la entidad.»

5. Consideraciones Adicionales

Es importante que las entidades consideren las especificidades del grupo al que pertenecen y los decretos vigentes al momento de aplicar estos principios contables.

6. Preguntas Frecuentes

6.1. ¿Qué es un corresponsal bancario y cuál es su función principal?

Un corresponsal bancario es un establecimiento comercial que actúa en nombre de una institución financiera para facilitar operaciones bancarias. Su función principal es ampliar el acceso a servicios financieros.

6.2. ¿Cómo se deben reconocer los ingresos de actividades ordinarias?

Los ingresos de actividades ordinarias deben incluir solo las entradas brutas de beneficios económicos que la entidad recibe y recibirá por cuenta propia, excluyendo los importes recibidos por cuenta de terceros.

6.3. ¿Qué se debe hacer en una relación de agencia?

En una relación de agencia, la entidad debe incluir en los ingresos de actividades ordinarias solo su comisión, excluyendo los montos recibidos en nombre del principal.

6.4. ¿Qué normativa aplica para las PYMES en Colombia?

El Marco Técnico Normativo de la NIIF para las PYMES del Grupo 2, contenido en el Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, es la normativa aplicable.

6.5. ¿Cómo se reconoce un pasivo en transacciones de corresponsales bancarios?

La entidad debe reconocer un pasivo por los ingresos recibidos en nombre de la entidad financiera y un ingreso propio por la comisión de administración.

6.6. ¿Qué dice el párrafo 23.4 de la NIIF para las PYMES sobre los ingresos?

El párrafo 23.4 establece que una entidad debe incluir solo las entradas brutas de beneficios económicos que recibe por cuenta propia en los ingresos de actividades ordinarias y excluir los importes recibidos por cuenta de terceros.

Conclusión

El correcto reconocimiento contable de las transacciones realizadas por corresponsales bancarios es esencial para la transparencia y precisión en los estados financieros. Siguiendo el Marco Técnico Normativo de la NIIF para las PYMES y las directrices del CTCP, las entidades pueden asegurar que sus prácticas contables cumplan con los estándares establecidos.