Devoluciones ¿Sabía usted que los intereses moratorios a favor del contribuyente se pueden suspender si no se solicita la devolución en 3 meses?


La suspensión de intereses moratorios a favor de los contribuyentes, cuando las sentencias judiciales reconocen sumas de dinero a su favor. De acuerdo con el artículo 192 de la Ley 1437 de 2011, si el contribuyente no solicita la devolución dentro de los tres meses siguientes a la sentencia, cesarán los intereses hasta que presente la solicitud. Este planteamiento es aplicable a las disposiciones del artículo 863 del Estatuto Tributario.

El texto destaca que los intereses moratorios a favor del contribuyente se causan desde la fecha de ejecutoria de la sentencia hasta la emisión del cheque, el giro o la consignación, siempre que se haya solicitado en tiempo. Sin embargo, si el contribuyente no actúa dentro del plazo estipulado, se suspenderá la generación de intereses moratorios, con el fin de evitar una sobrecarga en el presupuesto público.

Finalmente, se resalta la importancia de que el contribuyente actúe con diligencia y buena fe en la solicitud de la devolución de los montos a su favor, de lo contrario, se genera una afectación al interés general y al patrimonio público, tal como lo han señalado tanto el Consejo de Estado como la Corte Constitucional.


Aspectos ImportantesDesarrollo de cada aspecto
Suspensión de intereses moratoriosSi el contribuyente no solicita el pago en un plazo de 3 meses, se suspende la causación de intereses.
Aplicación del artículo 863 del EstatutoLos intereses se generan desde la sentencia hasta la emisión del pago, siempre que se solicite oportunamente.
Importancia de la diligencia del contribuyenteEl contribuyente debe actuar con rapidez para evitar pérdidas en el patrimonio público.

Comparativa: Antes y Después del Pronunciamiento

AspectoAntes del PronunciamientoDespués del Pronunciamiento
Causación de interesesLos intereses se causaban sin interrupción.Si no se solicita en 3 meses, se suspenden hasta que se presente la solicitud.
Responsabilidad del contribuyenteNo había plazo claro para solicitar la devolución.Se establece un plazo estricto para evitar la mora del contribuyente.
Impacto en el presupuesto públicoAumentaba la deuda por intereses moratorios no reclamados a tiempo.Se protege el presupuesto público al cesar la generación de intereses.

Normatividad

NormatividadDescripción
Estatuto Tributario (Art. 863)Regula la causación de intereses moratorios a favor del contribuyente en casos de devoluciones o pagos en exceso.
Ley 1437 de 2011 (Art. 192)Suspende los intereses si el contribuyente no actúa dentro de los 3 meses siguientes a la ejecutoria de la sentencia.
Decreto 1625 de 2016 (Art. 1.6.1.21.23 y 1.6.1.25.6)Regula las tasas y la cancelación de intereses moratorios a favor del contribuyente cuando se presentan solicitudes de devolución.

Ejemplo Práctico

Un contribuyente obtiene una sentencia favorable el 1 de enero, que le reconoce una devolución de impuestos por $10,000. Si el contribuyente no presenta la solicitud de devolución antes del 1 de abril, los intereses moratorios que se generaban sobre esa suma se suspenderán desde el 1 de abril hasta que haga la solicitud. Esto significa que si presenta la solicitud el 1 de julio, habrá tres meses sin intereses moratorios acumulados, lo que reduce el monto que recibirá en su favor.


Preguntas Frecuentes

#PreguntaRespuesta
1¿Cuándo se causan los intereses moratorios a favor del contribuyente?Se causan desde la ejecutoria de la sentencia hasta el pago, siempre que el contribuyente solicite la devolución a tiempo.
2¿Qué sucede si el contribuyente no presenta la solicitud dentro de los tres meses siguientes a la sentencia?Se suspenden los intereses moratorios hasta que el contribuyente presente la solicitud.
3¿Qué normativa aplica para la suspensión de intereses moratorios?El artículo 192 de la Ley 1437 de 2011 regula la suspensión de intereses moratorios.
4¿Los intereses moratorios se generan automáticamente a favor del contribuyente?No, deben ser solicitados por el contribuyente según los procedimientos establecidos en la normativa tributaria.
5¿Qué debe hacer el contribuyente para evitar la suspensión de intereses moratorios?Debe solicitar la devolución dentro de los tres meses siguientes a la ejecutoria de la sentencia judicial.