La DIAN precisa el control sobre la exención a los servicios turísticos prestados por los hoteles o prestadores de servicios a los residentes en el exterior.

En este oficio la DIAN resuelve los siguientes interrogantes:

“¿Qué documento debe exhibir el ciudadano extranjero para solicitar al hotel la exención del IVA consagrada en el literal d) del artículo 481 del Estatuto Tributario?

¿Qué documento debe conservar el hotel como soporte para solicitar la devolución del IVA a la cual da derecho el literal d) del artículo 481 del Estatuto Tributario?”
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN –
Oficio No. 0283 del 05 de Marzo de 2020

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