Este Concepto 9079 de 2023 emitido por la DIAN aborda aspectos clave relacionados con la tributación de los «nómadas digitales» en Colombia, quienes son personas que trabajan remotamente desde el país sin vínculo laboral con entidades locales. A continuación, presento un resumen de los puntos más relevantes:
- Establecimiento Permanente: El documento señala que, si bien un nómada digital puede constituir un establecimiento permanente para una empresa extranjera bajo ciertas condiciones, esto dependerá de una evaluación específica en cada caso. El criterio principal es si el nómada actúa en el país en nombre de una empresa extranjera con poder para concluir actos o contratos vinculantes, lo cual implicaría una presencia permanente según el artículo 20-1 del Estatuto Tributario.
- Régimen Tributario para Nómadas Digitales: Colombia no cuenta con un régimen tributario especial para nómadas digitales. Estos trabajadores están sujetos a los mismos impuestos nacionales que cualquier otra persona natural, incluyendo el impuesto sobre la renta, el IVA, y el gravamen a los movimientos financieros. Sin embargo, los nómadas digitales pueden, en algunos casos, acceder a la devolución del IVA, siempre que cumplan con los requisitos legales y sean considerados «turistas extranjeros».
- Residencia Fiscal: Los nómadas digitales pueden adquirir la residencia fiscal en Colombia si cumplen con los requisitos del artículo 10 del Estatuto Tributario, lo cual los obligaría a declarar y pagar impuestos sobre sus ingresos y patrimonio global.
- Aplicación de Convenios para Evitar la Doble Imposición (CDI): Los CDI suscritos por Colombia pueden proporcionar protección contra la doble imposición a los nómadas digitales. Estos convenios contienen cláusulas de no discriminación y pueden influir en la determinación de su situación fiscal.
Este concepto brinda orientación general y aclara la tributación de los nómadas digitales en Colombia, alineándola con normas vigentes en el Estatuto Tributario y otros decretos y leyes aplicables, como la Ley 2069 de 2020, la cual impulsa el emprendimiento y regula la visa de nómada digital.
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Tabla comparativa que resume las variaciones y puntos más importantes del Concepto 9079 sobre la tributación de los nómadas digitales en Colombia.
Aspecto | Posición Anterior | Pronunciamiento Actual de la DIAN |
---|---|---|
Establecimiento Permanente | Se entendía que el concepto de establecimiento permanente aplicaba a empresas con operaciones locales. | Los nómadas digitales podrían constituir un establecimiento permanente en Colombia si actúan con poder vinculante para una empresa extranjera, según el artículo 20-1 del Estatuto Tributario. |
Régimen Tributario Específico | No se hacía mención específica sobre un régimen para nómadas digitales. | No existe un régimen tributario específico para nómadas digitales; están sujetos a los mismos impuestos nacionales que otros residentes (IVA, renta, patrimonio, etc.). |
Devolución del IVA | Aplicaba principalmente para turistas extranjeros en el país. | Los nómadas digitales pueden acceder a la devolución del IVA si son considerados “turistas extranjeros” bajo las condiciones de la Ley 300 de 1996 y el Decreto 1625 de 2016. |
Residencia Fiscal | La residencia fiscal estaba enfocada en criterios de permanencia física en el país. | Los nómadas digitales pueden adquirir residencia fiscal si cumplen los requisitos del artículo 10 del Estatuto Tributario, lo que los obliga a tributar sobre su renta y patrimonio global. |
Aplicación de Convenios para Evitar la Doble Imposición (CDI) | No se mencionaban disposiciones específicas para nómadas digitales. | Los nómadas digitales pueden beneficiarse de los CDI para evitar la doble imposición, sujetos a las cláusulas de no discriminación y a los términos de dichos convenios. |
Este concepto de la DIAN establece reglas claras sobre la tributación de nómadas digitales en Colombia, alineándolos con las normas fiscales generales del país y proporcionando guías sobre cuándo podrían considerarse residentes fiscales o establecer un establecimiento permanente en Colombia.