El pronunciamiento de la DIAN, emitido el 28 de octubre de 2024, complementa el Concepto Unificado No. 0106 de 2022, precisando temas relacionados con:
Obligación de facturar en servicios de cortesía de transporte de carga.
Generación de documentos soporte en contribuciones FIC.
Se aclara que, aunque los servicios sean gratuitos, se debe emitir factura cumpliendo los requisitos legales. Además, los pagos al FIC no requieren generar documento soporte, ya que son contribuciones parafiscales.
Pronunciamientos de la DIAN
Aspecto
Pronunciamiento DIAN
Servicios de transporte de cortesía
La DIAN precisa que, aunque el servicio sea gratuito, se debe emitir factura con valor “0”.
Pagos de contribución FIC
No es obligatorio generar documento soporte al tratarse de tributos parafiscales, no de adquisiciones.
Aspectos importantes
Desarrollo de cada aspecto
Obligación de facturar servicios gratuitos
Se debe emitir factura de venta en servicios de cortesía, indicando un valor de “0” como requisito legal.
Requisitos para facturación
Debe cumplir con las disposiciones del artículo 11 de la Resolución 000165 de 2023 y el Estatuto Tributario.
Definición de contribuciones parafiscales
Pagos obligatorios específicos a un sector, utilizados para beneficio del mismo grupo económico.
Exoneración de documento soporte
Los pagos al FIC no requieren documento soporte, según la Resolución DIAN 000167 de 2021.
Aclaración normativa
Se adiciona el Concepto Unificado 0106 de 2022 para aclarar obligaciones en facturación y contribuciones.
Comparativa antes y después del pronunciamiento
Aspecto
Antes del pronunciamiento
Después del pronunciamiento
Servicios gratuitos de transporte
Dudas sobre si se debía emitir factura.
Obligación clara de emitir factura con valor “0”.
Pagos al FIC
Ambigüedad respecto a la generación del documento soporte.
Confirmación de que no se requiere documento soporte en estos casos.
Interpretación de contribuciones
Generalización del concepto de contribuciones parafiscales.
Aclaración específica sobre la naturaleza y tratamiento tributario del FIC.
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