Sin perjuicio de las consideraciones incluidas en el Concepto 469 del 2020, la Dian consideró necesario pronunciarse respecto a la aplicación del impuesto solidario por el covid-19 cuando se trate de contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión pública. Consideraciones en relación con los elementos del tributo. Cuando una persona natural esté vinculada mediante dos o más contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión pública, se deberán tener en cuenta la totalidad de los pagos o abonos en cuenta para efectos de determinar la sujeción pasiva, el hecho generador, la base gravable y la tarifa |
Ministerio del Trabajo ABECE Operación subsidio de emergencia.- Mecanismo de Protección al Cesante Descarga |