Modificación al plazo para el suministro de información en el Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB).


La resolución modifica el parágrafo del artículo 10 de la Resolución 000164 de 2021, relacionado con el Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB), ampliando el plazo para que los organismos de acción comunal cumplan con esta obligación.

Además, establece un cronograma de cumplimiento para organizaciones constituidas antes y después de mayo de 2025.

Aspectos principales de la resolución
TemaDetalles
Resoluciones relacionadasResoluciones 000164 de 2021, 000108 de 2023 y 000109 de 2024.
Base normativaArtículos 631-5 y 631-6 del Estatuto Tributario; numeral 2 del artículo 8 del Decreto 1742 de 2020.
ObligaciónSuministro de información al RUB a través de sistemas informáticos de la DIAN.
Organismos afectadosOrganismos de acción comunal según el artículo 7 de la Ley 2166 de 2021.
Plazo finalHasta el 30 de junio de 2025 para organizaciones constituidas antes del 30 de abril de 2025.

Cambios clave en los plazos
OrganizaciónPlazo anteriorNuevo plazo
Constituidas antes del 30/04/202531 de enero de 202530 de junio de 2025
Constituidas a partir del 01/05/2025No especificadoDos meses tras la inscripción en el RUT.

Proceso de consulta y aprobación
  1. Mesa interinstitucional: Realizada el 26 de diciembre de 2024, contó con representantes de la DIAN, el Ministerio del Interior y organizaciones de acción comunal.
  2. Solicitud de prórroga: Propuesta impulsada por la Confederación Nacional de Juntas de Acción Comunal.
  3. Publicación del proyecto: Abierto a comentarios en el portal oficial de la DIAN antes de su adopción.

Ejemplo práctico

CasoPlazo de suministro de información al RUB
Organismo comunal constituido el 15/03/2025Hasta el 30 de junio de 2025.
Organismo comunal constituido el 10/06/2025Dos meses posteriores a la inscripción en el RUT (10/08/2025).

Preguntas frecuentes

  1. ¿Qué es el RUB y quiénes deben reportar información?
    Es el Registro Único de Beneficiarios Finales; deben reportar los organismos de acción comunal.
  2. ¿Cuál es el plazo máximo para los organismos constituidos antes del 30 de abril de 2025?
    Tienen hasta el 30 de junio de 2025.
  3. ¿Qué plazo aplica para las organizaciones creadas después del 1 de mayo de 2025?
    Dos meses posteriores a su inscripción en el RUT.
  4. ¿Qué entidad regula el suministro de información al RUB?
    La Unidad Administrativa Especial DIAN.
  5. ¿Qué motivó la modificación del plazo?
    Solicitudes de las organizaciones comunales debido a sus particularidades operativas.


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