Obligatoriedad de confirmación electrónica en operaciones a crédito para soporte tributario.


Soporte de Costos, Gastos e Impuestos Descontables en Operaciones a Crédito o Plazo

El concepto establece que los adquirentes en operaciones a crédito o con plazo para el pago deben remitir mensajes electrónicos de confirmación de recibido de la factura electrónica y de los bienes o servicios adquiridos. Este procedimiento es fundamental para que dichas facturas sean soporte válido de costos, deducciones e impuestos descontables.

Ejemplo práctico: Una empresa que compra maquinaria a crédito debe enviar un mensaje electrónico al emisor de la factura confirmando la recepción de la misma y del equipo adquirido. Solo así podrá deducir el valor del impuesto pagado.

Antes y Después del Pronunciamiento

AspectoAntes del PronunciamientoDespués del Pronunciamiento
Confirmación de factura y bienesNo claramente reguladaObligatoria para soporte tributario
ProcedimientoSin directrices específicasUso del Sistema de Facturación Electrónica (SFE)
Registro de adquirentesNo regulado en RADIANAdquirentes pueden registrarse en RADIAN
Software para mensajesSin especificacionesPropio, adquirido o gratuito DIAN

Procedimiento para Remitir Mensajes Electrónicos

  1. Utilizar el Sistema de Facturación Electrónica (SFE).
  2. Generar mensajes de confirmación de recibido de factura y de bienes o servicios.
  3. Enviar los mensajes electrónicos al emisor.
  4. Asegurar que el sistema utilizado cumple con los requisitos técnicos del Anexo Técnico versión 1.9.

Datos Relevantes Encontrados

  • Fuente: Gerencie.com: Se recalca que el no cumplimiento de la confirmación electrónica puede impedir la deducción fiscal.
  • Fuente: Ámbito Jurídico: Los adquirentes que no son facturadores pueden registrarse en RADIAN para cumplir con la normativa.

Pregunta Curiosa

¿Sabía usted que enviar la confirmación de recibo de una factura puede ser indispensable para deducir impuestos? Respuesta: Sí, según la DIAN, es necesario para que una factura se constituya en soporte válido de costos, deducciones e impuestos descontables.

Normatividad

NormatividadDescripción
Artículo 616-1 del ETObliga a confirmar el recibido de facturas y bienes en operaciones a crédito.
Artículos 771-2 y 771-5 del ETCondiciones para la validez de costos y deducciones tributarias.
Resolución DIAN 000085 de 2022Reglamenta el procedimiento de confirmación de mensajes.
Resolución DIAN 000165 de 2023Adopta el Anexo Técnico versión 1.9.
Anexo Técnico versión 1.9Detalla requisitos técnicos para la confirmación electrónica.

Preguntas Frecuentes

  1. ¿Es obligatorio confirmar la recepción de una factura electrónica en operaciones a crédito?
    Sí, para que sea soporte válido de costos y deducciones.
  2. ¿Cómo se debe enviar la confirmación?
    A través del Sistema de Facturación Electrónica (SFE).
  3. ¿Qué sucede si no se envía la confirmación?
    La factura no será soporte de deducciones tributarias.
  4. ¿Los no facturadores pueden participar del sistema?
    Sí, mediante registro en RADIAN.
  5. ¿Cuál es el software recomendado para emitir la confirmación?
    Propio, adquirido o gratuito de la DIAN.

En Resumen

El concepto emitido por la DIAN aclara que en operaciones a crédito o con plazo para el pago, los adquirentes deben enviar mensajes electrónicos de confirmación de la recepción de la factura electrónica y de los bienes o servicios adquiridos. Esto es indispensable para que las facturas se constituyan en soporte válido de costos, deducciones e impuestos descontables.

La normativa establece que dichos mensajes deben generarse dentro del Sistema de Facturación Electrónica, observando los lineamientos técnicos del Anexo Técnico versión 1.9. Los adquirentes no facturadores también pueden cumplir con esta obligación registrándose en RADIAN.

El cumplimiento de este requisito contribuye a mantener la trazabilidad de las facturas y garantiza la validez tributaria de los costos y deducciones en operaciones comerciales.



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