Juzgado ordena reintegro de trabajadora víctima de acoso sexual laboral.


📌 Juzgado ordena reintegro de trabajadora víctima de acoso sexual laboral

📅 Fecha del fallo: 10 de marzo de 2025
📌 Tribunal: Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Oralidad de Medellín
🏢 Empresa demandada: Compañía de Alimentos Colombianos, Calco S. A.
⚖️ Base legal: Ley 2365 de 2024 – Fuero de estabilidad para víctimas de acoso sexual laboral


1. Hechos del caso

🔹 La trabajadora denunció acoso sexual laboral, reportando dos agresiones de una compañera de trabajo.
🔹 La empresa no activó protocolos de protección ni garantizó un ambiente seguro.
🔹 El 14 de noviembre de 2024, la compañía terminó su contrato argumentando un supuesto mutuo acuerdo.
🔹 El Grupo Élite de Equidad de Género (GEEG) de la Territorial Antioquia asesoró a la víctima desde el 18 de noviembre de 2024 y recomendó interponer una acción de tutela.


2. Decisión judicial

InstanciaFalloArgumentos
Juzgado 13 Civil Municipal de Oralidad de MedellínOrdena el reintegro de la trabajadoraSe comprobó que la empresa no protegió a la víctima ni justificó la terminación del contrato.
Juzgado 4 Civil del Circuito de Oralidad de MedellínConfirma la decisiónRatifica la nulidad del despido por vulnerar el fuero de estabilidad de la víctima.

3. Puntos clave del fallo

Protección de víctimas de acoso sexual laboral: La Ley 2365 de 2024 prohíbe el despido de trabajadores que denuncien estas conductas durante seis meses posteriores a la denuncia.
Carga de la prueba: La empresa debía demostrar que el despido no estaba relacionado con la denuncia, pero no lo hizo.
Incumplimiento empresarial: Calco S. A. no activó protocolos internos de prevención ni garantizó la seguridad de la trabajadora.


4. Impacto del fallo y declaraciones

📌 El fallo refuerza la aplicación de la Ley 2365 de 2024 y la obligación de las empresas de implementar medidas contra el acoso sexual en el trabajo.
📌 El ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, destacó la decisión como un precedente clave para la justicia laboral y urgió a las empresas a fortalecer sus protocolos de prevención.


5. Preguntas frecuentes

  1. ¿Por qué la empresa fue obligada a reintegrar a la trabajadora?
    • Porque la Ley 2365 de 2024 establece fuero de estabilidad laboral para quienes denuncien acoso sexual, impidiendo su despido por seis meses.
  2. ¿Qué pasa si una empresa despide a una persona que denunció acoso laboral?
    • Debe demostrar que el despido no está relacionado con la denuncia; de lo contrario, el despido puede ser declarado nulo y se ordena el reintegro del trabajador.
  3. ¿Cómo puede un trabajador denunciar acoso sexual laboral?
    • Ante la empresa, la Fiscalía General de la Nación o el Ministerio del Trabajo, que ofrece acompañamiento y protección.
  4. ¿Qué obligaciones tienen las empresas frente al acoso sexual laboral?
    • Implementar protocolos de prevención, garantizar un ambiente seguro y proteger a las víctimas.

Fuente: Ambitojuridico.com


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