
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) ha establecido directrices claras sobre el tratamiento contable del castigo de cartera, especialmente en casos donde los créditos en mora han sido provisionados al 100% y los intereses se encuentran registrados en cuentas de orden.
Este procedimiento es crucial para reflejar fielmente la situación financiera de las entidades y garantizar la transparencia en la presentación de los estados financieros.
Cuando un crédito en mora ha sido provisionado en su totalidad y los intereses están registrados en cuentas de orden, el CTCP indica que:
- No se requiere registrar una pérdida adicional, ya que la pérdida esperada ya fue reconocida mediante la provisión.
- Se debe eliminar la cuenta por cobrar contra la provisión constituida, sin afectar el estado de resultados.
- Los intereses en cuentas de orden deben ser eliminados del sistema de control contable, sin generar impacto en los estados financieros.
Procedimiento contable:
- Castigo del crédito deteriorado: Eliminar la cuenta por cobrar contra la provisión previamente reconocida.
- Eliminación de registros en cuentas de orden: Depurar los registros de intereses que no han sido reconocidos contablemente.
Tabla: Tratamiento contable del castigo de cartera
Situación | Acción contable |
---|---|
Crédito en mora provisionado al 100% | Eliminar cuenta por cobrar contra la provisión |
Intereses en cuentas de orden | Eliminar registros sin afectar estados financieros |
El castigo contable de un crédito en mora, cuando ya ha sido provisionado al 100%, implica la eliminación del activo financiero contra la provisión constituida, sin afectar el estado de resultados.
Ejemplo práctico:
Una empresa tiene una cuenta por cobrar de $10 millones que ha sido provisionada en su totalidad debido a la mora del cliente. Al determinar que la deuda es incobrable, la empresa elimina la cuenta por cobrar contra la provisión, sin registrar una pérdida adicional en el estado de resultados.
Antes vs. Después del pronunciamiento del CTCP
Aspecto | Antes del pronunciamiento | Después del pronunciamiento |
---|---|---|
Tratamiento del castigo de cartera | Posible registro de pérdida adicional | No se registra pérdida adicional si ya está provisionado |
Impacto en estados financieros | Afectación del estado de resultados | Sin impacto en el estado de resultados |
Manejo de intereses en cuentas de orden | Posible reconocimiento contable | Eliminación de registros sin afectar estados financieros |
Investigación complementaria
- Actualícese: Destaca la importancia de realizar pruebas de deterioro de cartera al final de cada período para evaluar la recuperabilidad de los activos financieros.
- Gerencie.com: Señala que el castigo de cartera es deducible en renta siempre que cumpla con los requisitos normativos, ya sea como provisión de cartera o como deuda manifiestamente perdida.
- Ámbito Jurídico: Indica que la cartera de consumo se castiga cuando se califica en categoría «E» y se encuentra provisionada al 100%.
Datos relevantes encontrados
- Supersolidaria: Establece que el procedimiento contable para efectuar castigos de cartera, cuando la provisión a capital ya se encuentra al 100%, consiste en acreditar la cuenta de cartera de créditos y debitar la cuenta de provisión de cartera de créditos por el mismo valor.
Normatividad
Normatividad | Descripción |
---|---|
NIIF para PYMES – Sección 11 | Establece los criterios para la baja en libros de activos financieros deteriorados. |
Concepto 2025-0060 del CTCP | Define el tratamiento contable para el castigo de cartera provisionada al 100%. |
Ley 43 de 1990 | Regula la profesión de contador público en Colombia. |
Ley 1314 de 2009 | Establece el marco normativo de información financiera y aseguramiento de la información. |
Preguntas Frecuentes
- ¿Qué es el castigo de cartera? Es la eliminación de una cuenta por cobrar cuando se considera incobrable.
- ¿Cuándo se debe castigar una cartera? Cuando no existe una expectativa razonable de recuperación del crédito.
- ¿El castigo de cartera afecta el estado de resultados? No, si la cartera ya ha sido provisionada al 100%.
- ¿Qué sucede con los intereses en cuentas de orden? Deben ser eliminados del sistema de control contable sin afectar los estados financieros.
- ¿Es deducible en renta el castigo de cartera? Sí, siempre que cumpla con los requisitos establecidos por la normativa fiscal.
En resumen
El CTCP ha establecido que el castigo contable de una cartera provisionada al 100% no debe generar un impacto adicional en el estado de resultados, ya que la pérdida esperada ya fue reconocida previamente.
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