Superfinanciera certifica el Interés Bancario Corriente.


Certificación de la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) sobre el Interés Bancario Corriente (IBC) para el mes de junio de 2025, según la Resolución 1078 de 2025:


📌 Interés Bancario Corriente (IBC) – Junio de 2025

Entidad certificadora: Superintendencia Financiera de Colombia
Normativa aplicable: Artículos 11.2.5.1.1 y siguientes del Decreto 2555 de 2010
Vigencia: Del 1 al 30 de junio de 2025


🏦 IBC para crédito de consumo y ordinario

ConceptoValor (% E.A.)
Interés Bancario Corriente (IBC)17,03%
Variación frente a mayo de 2025-0,28%
Interés remuneratorio y de mora máximo25,55%
Tasa de usura25,55%

🚜 IBC para modalidades de crédito productivo

ModalidadIBC (% E.A.)Interés máx. remuneratorio y de moraTasa de usura (% E.A.)
Crédito productivo de mayor monto27,77%41,66%41,66%
Crédito productivo rural19,07%28,61%28,61%
Crédito productivo urbano37,03%55,55%55,55%
Crédito popular productivo rural50,61%75,92%75,92%
Crédito popular productivo urbano59,26%88,89%88,89%

⚖️ Aspectos legales relevantes

  • Código de Comercio (Art. 884): El IBC es la base para establecer el límite máximo de los intereses remuneratorios y moratorios.
  • Código Penal (Art. 305): Se configura el delito de usura cuando se exceden las tasas máximas establecidas conforme al IBC.

📄 Fuente oficial

  • Resolución 1078 de 2025 – Superintendencia Financiera de Colombia
  • Corte de datos: semanas entre el 2 y el 23 de mayo de 2025
  • Publicado el 30 de mayo de 2025

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