Revolución en derechos laborales: Fallo histórico protege despidos de mujeres lactantes hasta los dos años.


La Sentencia T-169 de 2025 de la Corte Constitucional de Colombia establece jurisprudencia fundamental sobre la protección laboral de mujeres en período de lactancia. Aquí un resumen estructurado:


Antecedentes de los casos

  1. Expediente T-10.669.556 (Marisol González Loarte):
    • Despedida por «La Casa del Arte» (Tuluá) el 28/11/2023 durante la lactancia de su hija.
    • Empleadora alegó «deterioro de la relación» por acciones legales previas de la trabajadora.
    • No afiliada al sistema de seguridad social.
  2. Expediente T-10.671.338 (Jenny Paola Bachiller Vizcaíno):
    • Declarada insubsistente por la EAAAM (Madrid, Cundinamarca) el 21/08/2024 mientras amamantaba a su hija.
    • Sufrió presunto acoso laboral al solicitar espacios para lactancia.
    • Su hija requería lactancia materna por problemas de salud.

Problema jurídico central

¿Vulneraron las empresas el derecho fundamental a la estabilidad laboral reforzada al despedir a las demandantes durante el período de lactancia ampliado a 2 años por la Ley 2306 de 2023?


Decisiones clave de la Corte

1. Lactancia materna como derecho fundamental:

  • Reconoce la lactancia como derecho humano (ONU, 2016) con impacto en:
    • Salud infantil: Nutrición óptima, desarrollo cognitivo, prevención de enfermedades.
    • Salud materna: Recuperación posparto, reducción de cáncer de mama/ovario.
  • Protección constitucional: Deriva de los artículos 43 (protección a la maternidad), 44 (derecho a alimentación infantil) y 53 (estabilidad laboral).

2. Alcance de la protección laboral reforzada:

  • Periodo ampliado: La Ley 2306 de 2023 extiende la protección durante la lactancia hasta 2 años (antes: 18 semanas).
  • Prohibición de despido:
    • Durante la lactancia, el despido sin autorización del Ministerio de Trabajo es nulo (Art. 239 CST).
    • Se presume discriminatorio si ocurre en este período (Art. 239.2 CST).
  • Incluye servidoras públicas: Aplica incluso en cargos de libre nombramiento y remoción.

3. Obligaciones empresariales:

  • Espacios de lactancia: Deben garantizar:
    • Privacidad, higiene, nevera para almacenamiento (Ley 1823 de 2017).
    • Descansos remunerados: 2 de 30 min/día (primeros 6 meses) y 1 de 30 min/día (hasta los 2 años).
  • Beneficios tributarios: Se exhorta al Ministerio de Hacienda a crear incentivos para empresas que implementen salas de lactancia.

4. Vulneraciones comprobadas:

  • Caso Marisol: Despido motivado por su condición de lactancia + omisión de afiliación a seguridad social.
  • Caso Jenny: Despido discriminatorio + falta de espacios adecuados para lactancia + presunto acoso laboral.

Órdenes judiciales

Para «La Casa del Arte»:

  • Reintegrar a Marisol o pagar salarios caídos desde el 28/11/2023 + indemnización de 60 días de salario.
  • Afiliarla con sus hijos al sistema de seguridad social.
  • Garantizar descansos para lactancia y adecuar un espacio digno.

Para EAAAM (Madrid):

  • Reintegrar a Jenny o pagar salarios caídos desde el 21/08/2024 + indemnización de 60 días de salario.
  • Brindar descansos y espacio adecuado para lactancia.
  • Investigación por acoso laboral: Se compulsan copias a la Procuraduría.

Medidas transversales:

  • Exhortación al Ministerio de Hacienda: Crear incentivos tributarios para salas de lactancia.
  • Exhortación al Ministerio de Salud: Reglamentar condiciones mínimas de salas de lactancia.
  • Vigilancia: La Procuraduría supervisará el cumplimiento.

Relevancia jurídica

  • Precedente: Establece que la protección laboral reforzada por lactancia cubre hasta 2 años, aplicando el principio de favorabilidad (Ley 2306/2023).
  • Enfoque de género: Reafirma la protección constitucional a mujeres lactantes como sujetos de especial cuidado.
  • Impacto social: Promueve políticas empresariales compatibles con la maternidad.

Cita clave:
«La lactancia materna constituye un derecho fundamental de los niños y debe ser protegida por el Estado, vinculando al empleador como garante de este derecho en el ámbito laboral» (Fundamento 64).


Nota: Esta sentencia unifica criterios sobre derechos laborales de madres lactantes y sanciona despidos discriminatorios durante este período ampliado.



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