En aras de garantizar la prestación efectiva del Servicio Fiscal, se hace necesario levantar parcialmente la suspensión de términos contenida en la resolución 000030 del 29 de Marzo de 2020, y sus modificaciones. RESUELVE ARTÍCULO 1º. Levantamiento de Suspensión de Términos. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 2º de la presente resolución, levantar a partir del dos (2) de junio de 2020 la suspensión de los términos de las actuaciones administrativas o jurisdiccionales en sede administrativa de que trata el artículo 8º de la resolución 000030 del 29 de marzo de 2020, y sus modificaciones. |
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN Resolucion No 00055 de 29-05-2020 Descarga |