¿La empresa en la que laboro está obligada según la NIIF beneficios a empleados, a realizar el cálculo actuarial de unos pensionados, para lo cual resulta una cifra extremadamente alta y afecta nuestros EEFF. Que sucede si la empresa opta por no incluir en sus EEFF esta cifra? ¿Cuál es la contabilización de ese valor del cálculo actuarial? ¿Debemos tener obligatoriamente una garantía financiera que cubra ese pago a futuro? |