Impuesto solidario por el COVID19.

Mediante el radicado de la referencia la peticionaria pregunta:

“Para el caso de un contratista que tiene 2 contratos con dos entidades diferentes por ejemplo uno con presidencia por valor antes de IVA de $ 6.000.000.00 y otro con el MHCP por valor antes de IVA de $ 8.000.000.00, debo sumar los dos contratos y establecer la tarifa aplicarle, y que entidad hace la retención del impuesto covid ?

Se le aplica el beneficio de $ 1.800.000 a cada contrato o sería un doble beneficio?

Para el caso de un contratista del MHCP que no cobro la mensualidad del mes de abril y cobra en mayo dos mensualidades, debo sumarle los dos pagos para establecer la tarifa del covid?

Finalmente como impuesto covid podrá ser tratado como un ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional, se debe incluir en la depuración para el cálculo de la retención en la fuente mensual?
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Impuesto solidario por el COVID19.
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