Los agroinsumos son esenciales para la explotación agraria y, consecuentemente, para la seguridad alimentaria del territorio nacional. DECRETA Artículo 1. Establecer un gravamen arancelario de cero por ciento (0%) ad-valorem para la importación de los productos clasificados en las subpartidas arancelarias relacionadas a continuación: |
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Decreto 894. Descarga |