Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria plantea como inquietud lo siguiente: “Si dos personas jurídicas se fusionaron en el año 2019, es decir ninguna había aplicado el régimen tributario especial ZESE, en la empresa absorbente ¿cómo se calcula el promedio de empleos de los dos años anteriores, para determinar el 15% en que se debe incrementar el número de empleos en el año 2020? ”Tratándose de la fusión de dos o más sociedades, la sociedad absorbente deberá calcular el aumento del 15% del empleo directo generado, tomando como base el promedio de trabajadores vinculados de los dos (2) últimos años gravables anteriores al año fiscal en que inicie la aplicación de la tarifa diferencial del impuesto sobre la renta del régimen especial en materia tributaria – ZESE |
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Concepto No 758 / 25-06-2020 Descarga |