Suspensión términos – Proceso Devoluciones – Resolución 022 de 2020.

Mediante el radicado de la referencia, el peticionario frente a la suspensión de términos decretada por la DIAN con ocasión de la emergencia sanitaria hace las siguientes consultas:

“¿El término para subsanar los Autos Inadmisorios expedidos sobre una solicitud de devolución de tributos aduaneros quedan suspendidos en virtud de la Resolución 30 del 29-03-2020?”

“¿En los casos en los cuales ya se tiene una resolución de liquidación oficial de corrección los términos para presentar la solicitud devolución quedan suspendidos en virtud de la Resolución 30 del 29-03-2020?”

“¿Los seis (6) meses que se tienen para presentar una solicitud de liquidación oficial de corrección quedan suspendidos en virtud de la Resolución 30 del 29-03-2020?”
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio Aduanero No 691 / 11-06-2020
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