CONCEPTO GENERAL UNIFICADO.- ABANDONO DE MERCANCÍAS.

La mercancía en abandono legal podrá ser rescatada por el interesado en un término establecido normativamente, cancelando los tributos aduaneros a que haya lugar y con o sin el pago de un valor a título de rescate, según sea el caso.

Una vez vencido el término para el rescate de la mercancía en abandono legal, sin que el interesado haya hecho uso de tal prerrogativa, la mercancía pasa a poder de la Nación para su disposición en los términos establecidos por la normatividad aduanera vigente.
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Concepto General Unificado.- Abandono de Mercancías
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