Consulta: Yo estoy nombrada con RF desde octubre 01 de 2019 y dicho nombramiento esta ante la Cámara de Comercio debidamente radicado, mi pregunta va enfocada a que las directivas de Imagen Segura me están exigiendo que yo proceda con las firmas de los Estados Financieros y Dictámenes de las Vigencias anteriores aun cuando para éstos años no estaba activo mi rol y no podría responder en dar FE publica sobre hechos que no fueron mi responsabilidad. De cara a lo anterior, acudo a ustedes con el fin de solicitar su concepto y/u orientación de tal forma que pueda yo establecer si es procedente que yo adelante dichas firmas y cuál sería la normativa que avalaría dicho proceso y de no ser consecuente el mismo proceso que Ley me ampara al negarme para tal fin. La misma orientación va enfocada en si estoy obligada como Revisor Fiscal actual a firmar procesos ante la DIAN de forma virtual como trámites con saldos a favor y/o compensaciones sobre arrastre de saldos de vigencias fiscales para los cuales no firmaba como Revisor Fiscal. |
Consejo Técnico de la Contaduría Pública Consulta 1-2020-013640 / 10-06-2020 Descarga |