Se condiciona la legalidad del numeral 5.5 del Concepto Unificado sobre las Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL).

En el sentido de señalar que la remisión que efectúa a los marcos técnicos contables regulados por la Ley 1314 de 2009, se hace a los adoptados con base en esa ley, que sean específicamente aplicables a las entidades del sector cooperativo.

Problema Jurídico: 


¿El Concepto acusado incurre en falsa motivación por privilegiar la aplicación del Estatuto Tributario sobre la legislación cooperativa y vulnera las normas superiores al exigir que se apliquen genéricamente los marcos técnicos normativos contables, o solo en lo que resulten compatibles?
Consejo de Estado
INGRESOS Y COSTOS PROCEDENTES PARA EL CÁLCULO DEL BENEFICIO NETO O EXCEDENTE DE LAS ENTIDADES DEL SECTOR COOPERATIVO
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