Los artículos 815 y 850 del ET les ofrecen a los obligados tributarios tres alternativas de utilización de los saldos a favor declarados en sus autoliquidaciones de impuestos.

Problema Jurídico:
¿Un saldo a favor cuya devolución se rechazó puede ser imputado a periodos posteriores?

¿La administración estaba habilitada para negar la solicitud de devolución del saldo a favor, con fundamento en su indebida imputación?

Los saldos a favor cuya devolución se niega se pueden imputar en la declaración del mismo impuesto del periodo inmediatamente siguiente, dado que ellos solo se pueden desconocer definitivamente mediante una liquidación oficial de revisión.
Consejo de Estado
Alternativas de utilización de los saldos a favor declarados.
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