Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria solicita textualmente resolver la siguiente inquietud respecto a los plazos establecidos para la presentación de la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios de las personas naturales por el año gravable 2019: “¿Qué necesito hacer para conseguir una prórroga de esta fecha, programada sin la existencia del Coronavirus?” A la fecha no se han modificado los plazos establecidos en el artículo 1.6.1.13.2.15. del Decreto 1625 de 2016 para que las personas naturales y las sucesiones ilíquidas, presenten la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios por el año gravable 2019. Consecuentemente, deberán atenderse los plazos establecidos en el artículo 1.6.1.13.2.15 del Decreto 1625 de 2016. |
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Oficio No 910 / 23-07-2020 Descarga |