RESUELVE ARTICULO 1º: Modifíquese el artículo 13 de la Resolución 44 del 23 de julio de 2019, el cual quedara así: “Artículo 13. Operaciones aduaneras. Las operaciones aduaneras sujetas a la utilización de los dispositivos electrónicos de seguridad que se regulan en la presente resolución son las contempladas para la modalidad de tránsito aduanero y transporte multimodal a que hacen referencia los artículos 433, 450, 455 y 461 del Decreto 1165 de 2019, y, el parágrafo del artículo 452 de la Resolución 46 de 2019, para mercancías transportadas en contenedores, cuyo ingreso al territorio aduanero nacional se realice por alguno de los puertos marítimos habilitados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), así como para la movilización de mercancías a que se refiere el parágrafo 3º del artículo 469 del citado Decreto.” |
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales . Resolución No 000084 / 14-08-2020 Descarga |