Mediante el radicado de la referencia, el peticionario pregunta: “(…) Un médico Colombiano radicado en el exterior es beneficiario con una beca o apoyo económico que será desembolsado por una entidad privada Europea, está previsto en el marco de una cooperación con una clínica privada de Colombia, y está a la vez le gira el dinero al médico beneficiado o estudiante radicado en el exterior. Preguntas: 1. El hecho de que la clínica reciba el dinero de la entidad cooperante para luego girarlo al estudiante radicado en el exterior, le genera a la clínica colombiana una ganancia ocasional que implique pagar un impuesto y deducirlo del valor de la beca. O por el contrario este apoyo económico está exento de pago de este impuesto. 2. Teniendo en cuenta el marco legal colombiano que deducciones tendría que hacer la Clínica? (…)” |
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Concepto No 911 / 23-07-2020 Descarga |