Consulta: Facultad de supervisión de esta Superintendencia respecto de los planes de compensación y, en general, los contratos con los que las compañías multinivel vinculan a sus vendedores independientes, en los siguientes términos: “Quisiera saber si previa a la celebración del contrato de vinculación con un vendedor independiente, se debe enviar el contrato y/o plan de compensación a la Superintendencia de Sociedades, o cuándo? Lo anterior, ya que si bien la norma establece que debe enviarse el plan de compensación para su revisión cuando existan modificaciones, no me queda muy claro cuando se realiza este primer envío, o si la Superintendencia de Sociedades lo pide en cualquier momento. |
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