RESUELVE: Artículo 1. Modificar parcialmente el numeral 2 del artículo 20 de la resolución 00042 de mayo 5 de 2020, respecto a la fecha máxima para iniciar a expedir factura electrónica de venta con validación previa para las entidades del estado del orden nacional y territorial. Modifíquese parcialmente el numeral 2 del artículo 20 de la resolución 00042 de mayo 5 de 2020, respecto a la fecha máxima para iniciar a expedir factura electrónica de venta para las entidades del estado del orden nacional y territorial, la cual quedará así: «Las entidades del Estado del orden nacional y territorial tendrán como fecha máxima para iniciar a expedir factura electrónica de venta el primero (1) de diciembre de 2020» Artículo 2. Publicar la presente resolución de conformidad con el artículo 65 del Código Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. |
Dirección de Impuestos Nacionales. Fecha máxima para iniciar a expedir factura electrónica de venta con validación previa. Descarga |