Mediante el radicado de la referencia, y respecto al Régimen Tributario Especial, el peticionario consulta: De conformidad del artículo 356-1 del E.T. Cuales contratos a título gratuito o sin erogación pueden configurarse como una distribución indirecta de excedentes? Bajo cuales condiciones se deben registrar los contratos en los términos del artículo 356-1 del ET. De igual manera se consulta si los contribuyentes del régimen tributario especial están obligados a registrar aquellos contratos suscritos con entidades admitidas y calificadas en el mismo régimen, en virtud del parágrafo 4 de la misma disposición normativa. Que parámetro o lineamiento se debe tener en cuenta cuando un contribuyente del régimen tributario especial firma un contrato con una corporación en la que alguno de sus fundadores aportantes, donantes, representantes legales o administradores sea miembro? Lo anterior, según el peticionario, toda vez que el concepto de participación no se predica de las corporaciones y resultaría inviable determinar el porcentaje del 30% definido por el artículo 356-1 del ET. |
Dirección de Impuestos Nacionales. Impuesto sobre la renta y complementarios / Regimen Tributario Especial. Descarga |